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Scholarly Editing

The Annual of the Association for Documentary Editing

2014, Volume 35

Avisos a pretendientes para Indias

Edited by Clayton McCarl
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Modernized and annotated Spanish text

Muy señor miomío, reçivorecibo la de VEVuestra Excelencia de 6 de julliojulio deste año de 1694 con mucho gusto, por las buenas nuebasnuevas que me partiçipaparticipa de su salud, y de la de toda su familia, etraetcétera, y. Y quedo con el sentimiento de la poca feliçidadfelicidad de Nranuestra SpañaEspaña en los suçesossucesos, pues quandocuando devieramosdebiéramos esperar masmás buenas victorias, bemosvemos que con estar el enemigo con todo su paispaís subblebasublevado, que se halla (, como VSvuestra señoría me escriveescribe), muy pugantepugnante, y con poderosos exercitosejércitos por mar, y por tierra;. yY esta verdad pasa a ser tan manifiesta en estas costas de la AmericaAmérica, que este año llegollegó a las yslasislas de Barlovento de ella el nuebonuevo virrey americano con 8 naos de guerra, y por su director lorençilloLorencillo, quienes haviendohabiendo llegado al Petiguao[1] en este beranoverano deste año, se juntaron con otros cosarios,[2] y piratas, françesesfranceses que equiparon 21 naviosnavíos masmás, y. Y asiasí componiendo todos juntos un cuerpo de 29 naviosnavíos grandes y pequeños con masmás de 4 d 6004.600 hombres en esta armadilla, se arrojaron a saquear la yslaisla de Jamaica a prim.oprimero de septiembre, tambientambién deste año, y acometiendo al puerto prinçipalprincipal y por diversas partes a las estancias y caseriascacerías de los ynglesesingleses, escrivenescriben los curiosos de Cuba a sus correspondientes que vibenviven en MexicoMéxico, que se llebaronllevaron los françesesfranceses masmás de 2 d2.000 negros y otros efectos, y dinero, y que importoimportó de todo el valor del saqueo masmás de un millonmillón y medio de pesos; con que. Conque habiendosehabiéndose bueltovuelto el enemigo françesfrancés a su Petiguao, se cree por diversas ynteligenciasinteligencias que tiene en estas YndiasIndias, bava bendiendolosvendiéndolos en ellas como acostumbra con los demasdemás efectos que sus correspondientes y naturales administran, por queporque ya todas las provinçiasprovincias destos reynosreinos son para ellos, y para las demasdemás naçionesnaciones tan comunes, como las demasdemás de Europa. [3]
Y en quantocuanto a lo que VEVuestra Excelencia me diçedice sobre que le abiseavise de todas las novedades de este NueboNuevo Mundo, le aseguro con toda verdad que este empeño en que VEVuestra Excelencia me pone es de mayor consequençiaconsecuencia que lo que le pareçeparece; pero. Pero como todaviatodavía me acuerdo de masmás, antiguas conversaçionesconversaciones qque sobre materias diferentes teniamosteníamos en Flandes, en Bruselas, en Amberes, y en BrugasBrujas, sobre las matherialidadesmaterialidades[4] de aquellos paisespaíses, y sobre las sutileçassutilezas de las politicaspolíticas de Europa, adbiertoadvierto a VEVuestra Excelencia, como amigo exmoexcelentísimo y compañero, que las cosas de acaacá es preçisopreciso explicarlas matherialmaterial[5], y naturalmtenaturalmente,[6] por quantocuanto[7] por efectos tales se benven los productos mejor a usancausanza de estos paisespaíses.
Y atendiendo en primer lugar a informar bien a su e.adestimado adherente[8] por medio de VEVuestra Excelencia, para continuaçioncontinuación de aquellas sesiones que en esa corte goçavamosgozábamos en los xardinesjardines del Buen Retiro, y en el de La Florida a los margenesmárgenes del celebrado MançanaresManzanares, para que VEVuestra Excelencia conozca, y los amigos, quequé cosa son las YndiasIndias, y comocómo acaacá se trasforman los hombres sin deificarse—, yreiré satisfaçiendosatisfaciendo a cada punto de VEVuestra Excelencia, sirviendo en esto a su e.ad.estimado adherente y a los compañeros militares, para que no se fienfíen de relaciones de agentes, ni de promesas de consejeros.
Bien sabe VEVuestra Excelencia que la primera raçonrazón que muebemueve a los hombres a servir a sus reyes, y prinçipespríncipes es el amor, la defensa de la patria, y el premio, por queporque el soldado que no aspira a ser capitancapitán jamasjamás lo seraserá, porque no se expondraexpondrá a los peligros, para mereçermerecer, y. Y bien sabe consequentemteconsecuentemente VS.Vuestra Señoría por largas experiençiasexperiencias que el que compra una alabarda,[9] una vanderabandera o una gineta[10] de capitancapitán, que jamasjamás tendratendrá sino personas tales, que militen devajodebajo del goviernogobierno de semejantes cavoscabos.
Asentados pues todos estos principios, VEVuestra Excelencia aha de considerar todos los puestos, y ministerios de estas YndiasIndias, como cosas compradas, pues de justiçiajusticia[11] por meritosméritos somos muy raros los que acaacá goçamosgozamos cosa alguna raçonablerazonable, por quantocuanto ordinariamente nos dan a los soldados lo peor, y lo masmás aperrado, respecto que acaacá todo lo masmás es perreriaperrería, no por los primeros pobladores, sino por los que ya pasan a estas partes, porque. Porque como ya todo se vende, todos los ruines compran lo mejor, y los hombres de punto[12] que emoshemos servido a Su Mag.dMajestad todas nrasnuestras vidas somos generalmente occupadosocupados en lo peor, y en esto con tantas desdhasdesdichas que aun no nos lo dejan gocargozar en este NueboNuevo Mundo los virreyes y las audiencias por ellos.
Creo que VEVuestra Excelencia se acordaraacordará del arriero de BarçelonaBarcelona que 12 diasdías antes que la reynareina reynantereinante, nranuestra saseñora, entrose en su regio palaçiopalacio, entroentró el dhodicho arriero, con una compañiacompañía que levantolevantó en la Red[13] de San Luis, marchando, por la puerta de Guadalaxara para palaçiopalacio, estando VEVuestra Excelencia y yo solos en su coche, llebandollevando por su alferezalférez[14] a su moçomozo de mulas,[15] y bien tambientambién entiendo se acordaraacordará VEVuestra Excelencia de otras semejantes mostruosidades; pues.[16] Pues a la mira de estos efectos, acuerdeseacuérdese VEVuestra Excelencia en adelante de todo lo que le abisoaviso para su e.ad.estimado adherente y los amigos, porque acaacá bemosvemos con puestos de capitanes g.lesgenerales a arrieros, y a sastres y a barberos, y con los de alcaldes mayores y corregidores a semejante gente, y. Y lo peor es que aun con puestos y con togas que se han comprado, pasan a estas regiones descendientes de judiosjudíos, que como tales haçenhacen justiçiajusticia despuesdespués de haverhaber engañado a Su Mag.dMajestad y a sus ministros para destruir a estos reynosreinos, en que ya hombres de punto no pueden bibirvivir porque todo se compra y se vende, ygualandonosigualándonos a todos como en baraja.
Conque estando como estaestá todo este nuebonuevo orveorbe dominado, y governadogobernado con semejante gente, como VEVuestra Excelencia yrairá entendiendo para si y para que lo diga a los demasdemás y a los amigos, digo que en manera alguna no pasen con puestos a estos reynosreinos, si no es a los que le yreiré aoraahora proponiendo, y se dieren meramente por serviçiosservicios, pues aun con estas dos çircunstançiascircunstancias es preçisopreciso abandonar el punto en estas regiones, y. Y para esto yo aun fuera de sentir que seriasería mejor quedarse cada uno en su exerçitoejército, a mereçermerecer masmás manteniendo la propia reputaçionreputación, que exponerse a tantos peligros, porque todas estas provinçiasprovincias, estanestán peores que las de OlandaHolanda y de Ginebra, poblados de sectarios[17] y de atheistasateístas[18] que las Ynfectaninfectan con sus errores, atrayendolosatrayéndolos a la devociondevoción de sus prinçipespríncipes, y de esta manera, biendoseviéndose todo reduçidoreducido a diversidad de opiniones, causan todos masmás confusionconfusión que causocausó en la torre de Babel la multiplicidad de lenguas, que por acaacá sobran.
A la mira de toda esta verdad que experimentaranexperimentarán los que no la creyeren, quiero individualmente noticiar, por medio de VEVuestra Excelencia a cada uno de los amigos pretendientes por soldados, lo que es cada uno de los goviernosgobiernos, de este NueboNuevo Mundo;, y para masmás bien distintamente[19] explicarme, empecareempezaré por donde se acaba, en lo masmás distante de la dominaçiondominación de Su Mag.dMajestad, en PhelipinasFelipinas, y concluyo por aoraahora lo que toca al año de 1694 - , porque recivirecibí la dicha de VEVuestra Excelencia por diciembre y la sobre cartasobrecarta[20] de su e adestimado adherente a 7 de enero de 1695.

PhelipinasFelipinas

Las yslasislas de las PhelipinasFelipinas son tantas, y tan poderosas oyhoy, que quandocuando antes se desterravandesterraban a ellas los facinerosos, y malechoresmalhechores y los maridos de las mugeresmujeres, que no se hallavanhallaban bien con ellas, y theniantenían el faborfavor, de los virreyes, y de las audiençiasaudiencias, para por estos medios de casarse quedar casados, biviendoviviendo a su libre albidrioalbidrío, ya oyhoy aunque todo esto aunaún se executaejecuta;, muchos de estos reynosreinos de la Nueba EspañaNueva España desean pasar a aquellas yslasislas, y. Y asiasí se beve qque quandocuando se haçenhacen las levas, que sobra mucha gente, y yo he bistovisto que algunos que han bueltovuelto de las PhelipinasFelipinas de cumplir sus destierros se bolvieronvolvieron otra vez a las dhasdichas yslasislas, y. Y en mi sentir no ayhay cosa masmás infrutuosa que el gasto que tan sin para quequé se hace a la Real Hacienda en las dhasdichas levas, y sus conduçionesconduciones, a costa de tan crecido lasto[21] que con ellos, y el de la remisionremisión de los forçadosforzados,[22] se causa contra el r.lreal haverhaber, por queporque ya en la era presente no han menester las PhelipinasFelipinas gente de la Nueba EspañaNueva España de leva, ni de la forcadaforzada,[23] por quantocuanto ya estanestán bastantemente pobladas de gente española, y de la gran cantidad de canalla que a ellas se han embiadoenviado, y. Y para mejor governarlasgobernarlas, y contenerlas en el buen goviernogobierno, es muy neçesarionecesario que S.Su M.g.dMajestad ordene, con preçisasprecisas ordenesórdenes ynbiolablesinviolables, que no se hagan masmás levas, ni condenen masmás reos para PhelipinasFelipinas;, sino que solo pasen a ellas los ministros, seglares, cavoscabos, y ofiçialesoficiales, que devierendebieren yrir para servicio, y defensas de las naos, y los mercaderes, y pasagerospasajeros[24] que quisieren, pues asiasí se iranirán extinguiendo las malas costumbres que la gente abiesaaviesa y façinerosafacinerosa aha introduçidointroducido en aquellas yslasislas, como tan manifiestamente nos lo enseña la experiençiaexperiencia en este imperio mexicano, y lo han reconoçidoreconocido los mrosministros del Real y Supremo Consejo de las YndiasIndias, con tantos pleytospleitos de aquellas partes, con estar tan remotas.
Y aunque su Mg.dMajestad tiene dotadas estas yslasislas con 375 d375.000 p.pesos de situaçionsituación,[25] cada año y de ordinario se les embiaenvía de MexicoMéxico la mayor parte de dhadicha cantidad, y la mitad de ella fuera justo se retubieseretuviese en la r.lreal caja de MexicoMéxico, por quantocuanto ya las PhelipinasFelipinas tienen mayor ingreso de derechos[26] r.sreales, con haverhaber bueltovuelto a habrirseabrirse el comercio g.lmentegeneralmente con las naciones del Oriente y de Europa en aquellos emispherioshemisferios, por. Por lo qualcual, y por no ser necesarios tan creçidoscrecidos lastos, como los que ocasionan las dhasdichas levas y forcadosforzados[27] de la Nueba EspañaNueva España, los 100 d100.000 ppesos por la dhadicha mitad se devierandebieran retener anualmente en la dhadicha caja r.lreal de MexicoMéxico; y. Y si Su Mag.dMajestad se valiera de sus leales vasallos, la navegaçionnavegación de la Nueba EspañaNueva España a PhelipinasFelipinas la haviahabía y devieradebiera extinguir.
La causa prinçipalprincipal de esta dhadicha privaçionprivación de dhadicha navegaçionnavegación la nota çiertocierto authorautor moderno, y se reduçereduce a dos puntos de practicapráctica; el. El uno de ellos es que q.docuando ayhay nao o naos de PhelipinasFelipinas en la NuebaNueva SpañaEspaña, se atrasan los comerçioscomercios de la flota, y. Y en este punto considerados ambos intereses, se aha de adbirtiradvirtir destinguiendo[28] para sacar legitimamentelegítimamente la consequenciaconsecuencia con solo un anteçedenteantecedente,[29] que con sola esta entimema[30] se puede conoçerconocer de estos dos puntos, que como algunos loquaçeslocuaces pretenden, no se reduçenreducen solo a un punto porque ambos son formales[31] y distintos inter se.
Lo primero tocante al primer punto se evidençiaevidencia por lo que mira a la disposiçiondisposición[32] de la mantençionmantención[33] que el comerçiocomercio[34] de Nueba EspañaNueva España tiene con con PhelipinasFelipinas, prqueporque constando a toda esta AmericaAmérica que el comercio de la Nueba EspañaNueva España no es el que apresta las naos de China, (que son los que pasan a PhelipinasFelipinas), y los que de allaallá buelbenvuelven baupticadosbauptizados por de PhelipinasFelipinas, conforme a la opinionopinión de qualquieracualquiera, porque es el Rey, nronuestro s.rseñor, quien solo haçehace estos aprestos, a costa de su R.lReal Hacienda, para embiarlaenviar la situaçionsituación, y las misiones,[35] con su infanteriainfantería, y forçadosforzados ya no necesarios de embiarenviar, si[36] de extinguir; se. Se beve con estas demostraçionesdemostraciones[37] claras, y evidentes, que su Mg.dMajestad es el que haçehace solamente la costa a la dhadicha correspondençiacorrespondencia,[38] y que por medio de ella se utilicanutilizan[39] solo los virreyes, que en cada viageviaje con sus asoçiadosasociados remiten ya a 300 d300.000 ppesos en plata para sus grangeriasgranjerías, a costa de la R.lReal HaçiendaHacienda, por queporque sacan el prinçipalprincipal de la r.lreal caja, y con la HaçiendaHacienda R.lReal sin restituir restituyen.
De esta poderosa sombra de tinieblas, alumbrados los sequaçessecuaces, y algunos mercaderes mexicanos que entran en la lista de los virreyes, pagando la aduana a ellos; se compone el comerçiocomercio que ayhay entre la NuebaNueva SpañaEspaña, y PhelipinasFelipinas, con cuyo medio,[40] y el retorno de la plata, componiendo cada nao de 2 a 3 millones de pesos, son de ordinario de 5 a 6 millones los que andan en el tragintrajín de dos naos, y el utilútil[41] de ellos solo para los de ellos, y de otros no dichos ministros que enriqueçenenriquecen a costa de Su Mag.dMajestad.
Los generosgéneros[42] que comunmentecomúnmente se trasportan desde PhelipinasFelipinas a la Nueba EspañaNueva España ya se sabe que ordinariamente tocan por la mayor parte a los portugueses y a los françesesfranceses, a los ynglesesingleses, a los olandesesholandeses, y a otras naciones septentrionales, y que los moros, y mogores son tambientambién interesados, como los sianes,[43] chinos, y japones[44] en estos comerçioscomercios, y que todas las unas y las otras naçionesnaciones acuden con masmás o con menos frequenciafrecuencia a las PhelipinasFelipinas, conforme ayhay masmás o menos concurrençiaconcurrencia de naos de Nueba EspañaNueva España con plata en PhelipinasFelipinas, respecto que si no ayhay nuebasnuevas de que no aha llegado nao o naos de Nueba EspañaNueva España a aquellas yslasislas no acuden a ellas tantas naçionesnaciones como suelen acudir, sabiendo que llega una o dos naos con plata mexicana, por queporque Manila es como en España CadizCádiz para Europa, la puente[45] para el Oriente, y como en Argel la redempçionredempción para que se armen los cosarios moros contra los christianoscristianos, Manila para refugio de moros, y de barbarosbárbaros, redentora con la plata de MexicoMéxico, de toda la maldad de las ynfamiasinfamias que en ella se encierran pues. Pues con ser tan liveralliberal la real mano, estanestán los soldados de Manila pidiendo a su puerto[46] de la mar limosna a las sectarias naçionesnaciones, referidas, que a aquellas yslasislas acuden con sus vajelesbajeles a comerçiarcomerciar, para llebarsellevarse los r.lreales thesorostesoros de la NuebaNueva SpañaEspaña por medio de tan yniquosinicuos comerçioscomercios con que. Conque dichos enemigos se aprobechanaprovechan, con sus mendigueçesmendigueces de las grandecasgrandezas de los spañolesespañoles, quitandolesquitándoles con ellas las negoçiacionesnegociaciones de sus flotas de SpañaEspaña, en que aunque las naciones europeas se interesan, no causan tan notables y notorios daños contra la reputaçionreputación catholicacatólica y. Y esta es la causa por queporque el comerçiocomercio de la NuebaNueva SpañaEspaña con las PhelipinasFelipinas se devedebe extinguir y entablar desde SpañaEspaña, con las dhasdichas yslasislas, por la Region Austral Magallanicaregión austral magallánica, por el mayor utilútil que de dhadicha negoçiaçionnegociación le siguirasiguirá, sin dependencia alguna del comerçiocomercio y punto que toca a la NuebaNueva SpañaEspaña.
La causa masmás principal que toca al segundo punto sobre el comerçiocomercio de las PhelipinasFelipinas, nuebamentenuevamente yntroduçidointroducido por la region magallanicaregión magallánica, seraserá de mucho utilútil para la corona, y comercio de los vasallos de Su Mag.dMajestad, lo uno porque la navegaçionnavegación de SpañaEspaña a las PhelipinasFelipinas produçiriaproduciría mayores abançesavances[47] a los mercaderes, y lo otro porque en tal caso se deveradeberá prohibir la navegaçionnavegación y trato de la NuebaNueva SpañaEspaña, y entonces tendrantendrán masmás exsitoéxito los generosgéneros spañolesespañoles en el imperio mexicanoimperio mexicano, y asimesmo se minoraranminorarán en el Oriente las negoçiaçionesnegociaciones de los enemigos, que en mucha parte es la causa prinçipalprincipal de su subsistençiasubsistencia[48] la mucha plata que pasa de la Nueba SpañaNueva España a las dhasdichas yslasislas, en las qualescuales faltan[49] un año las nabesnaves de NuebaNueva SpañaEspaña, enseñameenséñame la experiençiaexperiencia que asimesmo faltan los naviosnavíos de los estrangerosestranjeros orientales, y los de la China, Sian, y japonJapón; con que. Conque si de SpañaEspaña fuese sola la dotaçiondotación en dinero y efectos de por mitad cada año por la region australregión austral, como se propuso el año de 1638 a la mag.dmajestad del s.rseñor ddon PhelipeFelipe que 4.oIV, lograrialograría SpañaEspaña grandes ynteresesintereses en los embiosenvíos a PhelipinasFelipinas y mayores en sus retornos, y la politicapolítica de desterrar a las naçionesnaciones del comerçiocomercio de dhasdichas yslasislas, por queporque faltandolesfaltándoles el trato de la NuebaNueva SpañaEspaña no acudirianacudirían con sus continuados vajelesbajeles a ellas, ni tampoco las apeteçerianapetecerían, porque es cierto que naçionnación alguna, no puede mantenerlas en su dominacióndominación si las aha de mantener, pero rovarlasrobarlas si.

PlacasPlazas que se proveen en PhelipinasFelipinas por Su Mag.dMajestad

Las placasplazas que Su Mag.dMajestad proveprovee en aquellas yslasislas para soldados son las de governadorgobernador y capitancapitán g.lgeneral por 8 años, que le toca presidir aquella audiençiaaudiencia, y la authoridadautoridad del governadorgobernador es en todas aquellas yslasislas tan soberana como la de un virrey, porque reciverecibe y embiaenvía embaxadoresembajadores a diversos emperadores, y reyes muy poderosos, da encomiendas, y proveprovee goviernosgobiernos, da nombramientos de generales de mar y tierra y de otros puestos tales en la milicia de aquellas yslasislas, en que ayhay masmás generales, maestres de campo,[50] sargentos mayores, y capitanes que tiene todo el exercitoejército de Flandes con todas sus placasplazas.
Asimesmo proveprovee puestos de generales de naos y almirantes y al respecto capitanes y de masdemás cavoscabos y con todas estas regaliasregalías, y grandecasgrandezas,[51] aseguro a VSVuestra Señoría y a su e.a.estimado adherente que este puesto no es ya para hombres de punto, tanto porque ya se benefiçiabeneficia en personas que no han sido militares, quantocuanto porque han entrado en ellos a governargobernar desde algunos años a esta parte sujetos bien indignos, y encomenderos[52] de la carrera de las YndiasIndias, y. Y demasdemás de esto ayhay en las PhelipinasFelipinas tanta cantidad de embusteros que levantaranlevantarán y han levantado a los governadoresgobernadores infinitos testimonios[53] que han obligado a la audiençiaaudiencia a haçerhacer muchos desaçiertosdesaciertos, y primero que[54] se corrigen en tanta distancia, como ayhay desde aquellas partes al Consejo, peligran las vidas y las reputaçionesreputaciones de los hombres como VS.Vuestra Señoría y otros tales.
Sobre todo esto se sigue masmás, que para solo pasar un g.orgobernador desde SpañaEspaña a las dhasdichas yslasislas, ha menester tener propios o prestados de 16 a 18 d16.000 a 18.000 p.pesos, sobre cuya cantidad, contando el premio[55] q.docuando menos, en el paso de ambos mares y en la navegaçionnavegación de masmás de 46004.600 leguas, y paso de la NuebaNueva SpañaEspaña con detençiondetención de algunos meses, importa todo el dhodicho premio y gastos con el prinçipalprincipal masmás de 40 d40.000 pesos, que es lo menos con que el governadorgobernador aha de entrar empeñado en su goviernogobierno, al fin del qualcual, para la residençiaresidencia, y para su bueltavuelta a SpañaEspaña, aha asimesmo menester otros 60 d60.000 p.pesos con que. Conque importando masmás de 100 d100.000 p.spesos los que aha de gastar para bolvervolver a su patria, beavea VS.Vuestra Señoría quequé caudal habrahabrá menester adquerir[56] el governadorgobernador destas yslasislas para su retiro, obrando ajustadam.teajustadamente,[57] y qualcuál seraserá lo de masdemás que habrahabrá de buscar si se le ofrecen pleytospleitos, y quantocuánto masmás seraserá neçesarionecesario que busque abiendohabiendo de venefiçiarbeneficiar[58] su puesto, y quequé exçesosexcesos cometeracometerá para buscar dinero por. Por todo lo qualcual es mejor a mi berver que el que tiene en SpañaEspaña siquiera 6 d6.000 p.pesos no pase a PhelipinasFelipinas veneficiandobeneficiando puesto tal, porque al fin como el venefiçiobeneficio se haçehace con caudal agenoajeno, no va el que venefiçiabeneficia a otra cosa masmás que a ganar dinero para otro, pues no ayhay oyhoy amigo, que preste dinero, de otra suerte que con grandes intereses, y artoharto arahará el pobre cavallerocaballero soldado en desenpeñarse de los preçisosprecisos gastos de sus pasagespasajes, mereciendo tal puesto por solos sus serviçiosservicios y politicapolítica.[59]
ProveProvee masmás[60] Su Mag.dMajestad en las dhasdichas yslasislas un maestre de campo de la gente de guerra de la ciudad de Manila, y un castellano de la fuerza[61] de Santiago de esta çiudadciudad, en que todo lo masmás de la miliçiamilicia para todas aquellas yslasislas lo provee el governadorgobernador, y Su Mag.dMajestad, los arzobispos, obispos, los oydoresoidores de la RlReal Aud.aAudiencia, y demasdemás ministros contadores que manejan la RlReal Hacienda, y todo menos los oydoresoidores proveen los governadoresgobernadores en el ynterinínterin por muerte, y otro qualquieracualquiera acçidenteaccidente, sin embargo de lo qualcual ya aha suçedidosucedido que la RlReal aud.aAudiencia ayahaya depuesto a algunos governadoresgobernadores, de los qualescuales fue el uno D.ndon Diego de SalçedoSalcedo, a quien levantaron tantos testimonios[62] que hasta el que era de heregehereje fue uno de los delictos que le ympusieronimpusieron, por quitarle el puesto, y su dinero, porque fue mucho el que dejodejó, q.docuando le trajeron preso por la inqq.nInquisición para la de MexicoMéxico, y muriomurió en el viageviaje antes de llegar a ella, y. Y en otro viageviaje muriomurió despuesdespués arrepentido, antes de llegar a esta nueba SpañaNueva España, el mesmo juez y instrumento prinçipalprincipal de su persecuçionpersecución, declarando el daño notable que haviahabía echohecho a D.ndon Diego de SalçedoSalcedo, lo qualcual a haverlohaberlo sabido antes, el s.toSanto Tribunal hubiera severamente castigado a los que fueron causa de tal abiesoavieso, que en parte entendientendí[63] siendo vagante por el mundo, y hallandomehallándome en las PhelipinasFelipinas quandocuando depusieron al dhodicho D.ndon Diego de SalçedoSalcedo pero. Pero lo çiertocierto fue deste negoçionegocio, que sus enemigos tomaron asilo[64] del mucho comerçiocomercio que teniatenía con los olandesesholandeses, quienes, como son por la mayor parte heregesherejes, y tripulados con muchos judiosjudíos que vibenviven en la olandaHolanda, por atraer a sus sectas y devociondevoción los dhosdichos olandesesholandeses a los sangleyes,[65] con la ocasionocasión del comerçiocomercio que tubierontuvieron en el tiempo deste governadorgobernador con las PhelipinasFelipinas, yntrodujeronintrodujeron entre los sangleyes y otros havitanteshabitantes de ellas algunas biblias olandicasholándicas[66], y otras cosas, que indiçiaronindiciaron[67] en los animosánimos de los maldiçientesmaldicientes, yntençionadosintencionados contra el governadorgobernador, a que era heregehereje, no lo siendo, porque era D.ndon Diego de SalçedoSalcedo un cavallerocaballero, hijo de padres muy catholicoscatólicos, y nobles, como VS.Vuestra Señoría mejor sabe, pero. Pero como la codiçiacodicia le moviomovió a thenertener trato con el enemigo en aquellas partes, fue en ellas este bastante a molestarle, con mayores calumnias, por. Por lo qualcual adbiertoadvierto a los amigos y compañeros todo lo referido para que por meritosméritos pretendan los dhosdichos tres puestos, hallandosehallándose en el grado de capitanes, para pasar a las de maestre de campo, u de castellano, pues el que se hallare en Europa con grado de sargento mayor en exerçiçioejercicio[68] arahará muy mal en pasar a cuparocupar dhosdichos dos puestos, y para el de governadorgobernador y capitancapitán g.lgeneral bastarabastará el de sargento mayor, pues para mereçermerecer todos estos tres puestos de soldados bastan los dhosdichos meritosméritos, y el de haçerlohacerlo en tan grande distançiadistancia, en el viageviaje tan dilatado como es el de SpañaEspaña a PhelipinasFelipinas, cuyas yslasislas, si se han perdido como diçendicen, se escusaraescusará[69] todo generogénero de pretensionpretensión[70]. en ellas. Pero creo, según noticias europeas, que por el mal trato que hizo a los interesados de ellas el Conde de Galve, siendo virrey de la Nueva España, por sus particulares intereses, de querer quitárselos a los comerciantes de aquellas islas, que no pasará nao en el tiempo de su gobierno a la Nueva España.

GoviernosGobiernos superiores y placasplazas militares en el PeruPerú

El dilatado reynoreino del PeruPerú es el masmás poderoso de todo el orveorbe, y tan acto[71] para todo, que si Su Mag.dMajestad fuera en todos tiempos bien servido, bastara solo este reynoreino para superar con elél todos los del universo[72], pero. Pero como la mala governaçiongobernación de algunos ministros suele pervertir lo principal, no se suele lograr todo, mayormente desde que se aha introduçidointroducido el veneficiarbeneficiar los puestos politicospolíticos y militares, por queporque sobre haçer sehacerse con esta disposiçiondisposición mucho agravio a los bene meritosbeneméritos, no grangeagranjea Su Mag.dMajestad cosa alguna con el caudal del venefiçiobeneficio;, lo uno porque los virreyes buelbenvuelven a benefiçiarbeneficiar los ofiçiosoficios politicospolíticos, y los militares, sin haçerhacer apreçioaprecio de las r.sreales leyes y ordenesórdenes de Su Mag.dMajestad, ni de los r.sreales titulostítulos que se despachan a favor de los provistos, porque acaacá en las YndiasIndias, son muy soberanos[73] sus virreyes, y los oydoresoidores de las aud.asaudiencias, y hablan con los de masdemás ministros y vasallos de Su Mag.dMajestad con tanta soberaniasoberanía, y desestimaçiondesestimación que les pareçeparece que no ayhay en el mundo personas tales, como ellos, cuyas presunpçionespresunpciones[74] entendidas al contrario de lo que ellos propios entienden es como se devendeben reputar, porque sobre[75] que conoçemosconocemos a muchos togados en estas partes que dejaron las leyes en el codigocódigo[76] y las decretales,[77] en los libros, y pandectas,[78] ayhay muchos que no saben leer aun romançeromance, y sobre esto ser de nacimientos tan humildes algunos, y otros tan sospechosos, como conoçemosconocemos, y por estas causas mereçieranmerecieran estar muchos de semejantes togados, unos arando, y arreando requasrecuas, y otros aprendiendo a ser masmás catholicoscatólicos, y. Y por estos defectos, biendoviendo algunos compañeros, buenos hidalgos, y letrados, que estos reynosreinos se vavan llenando de ynmundiçiainmundicia, por hallarse singulares[79] con sus botosvotos, y menores en numeronúmero, se suelen conformar con sus pareçerespareceres, por queporque de lo contrario no se les sigue masmás utilútil[80] a los buenos jueçesjueces que el de los desayresdesaires que se les haçenhacen por los virreyes y presidentes, y. Y asiasí siendo todos de un acuerdo, acuerdan todos contra el serviçioservicio de ambas Mag.desMajestades y contra el bien publicopúblico y reparos de estos reynosreinos, porque no haçiendolohaciéndolo asiasí, las aud.asaudiencias adonde ayhay virreyes que las presiden, destierran con pretesto de comisiones a los togados que no son destos pareceres, y esta es la causa de que todos digan fiat ut petitur[81].
Siendo virrey en qualquieracualquiera o en ambos reynosreinos del PeruPerú, y de la Nueba EspañaNueva España cavalleroscaballeros que con aprovaçionaprobación ayanhayan sido soldados, qualquieracualquiera cavallerocaballero qque militando debajo de su goviernogobierno serviere açertaraacertará a servir por premio de sus meritosméritos, por quantocuanto como ya empeçeempecé a deçirdecir, con el caudal del venefiçiobeneficio no haçehace Su Mag.dMajestad cosa alguna, respecto el que acaacá buelbenvuelven a venefiçiarbeneficiar los que quieren entrar en los puestos dados por Su Mag.dMajestad, y que el que no tiene con quequé bolvervolver a pagar el puesto al virrey no entra a goçargozar la ocupacionocupación que el rey le dio, hasta que, q.docuando mucho, entra el virrey en conocimiento de que acaba su goviernogobierno, porque entonçesentonces, suele dar paso a los nombrados por Su Mag.dMajestad y. Y con esto, q.docuando entra el nuebonuevo virrey, con qualquieracualquiera pretestillopretestillo o sin elél, quitan a los provistos por el rey sus oficios, para darles a sus criados, y sinosi no pueden, logran[82] calumniantes[83] (, que raras veces faltan), por medio de los contadores de tributos, o por intervençionintervención de personas que haçenhacen que provoquen a los corregidores y alcaldes mayores, buscan medios para suspenderlos o quitarles sus ofiçiosoficios a unos, despuesdespués de haverseloshabérselos dado Su Mag.dMajestad por sus serviçiosservicios, y a otros por su dinero; con que. Conque no valiendo el seguro, y palabra r.lreal de Su Mag.dMajestad en estas YndiasIndias para que a sus vasallos y ministros se les de lo que mereçierenmerecieren, es lo propio vibirvivir en estas partes que entre los enemigos masmás crueles del Rey, nronuestro señor, pues sus propios vasallos que sirven los puestos masmás prinçipalesprincipales en este nuebonuevo orveorbe dan con sus efectos a entender que estos reynosreinos no son de Su Mag.dMajestad, porque no acenhacen caso de sus leyes ni de sus r.sreales titulostítulos, pues quandocuando se los manifiestan los provistos que pasan a YndiasIndias, diçendicen con mucho desacato y atrebimtoatrevimiento que son como las ostiashostias sin consagrar, y. Y si el pretendiente replica, diciendo, << suplico a VE.Vuestra Excelencia>>, u, << a V.A.Vuestra Alteza que su Mag.dMajestad manda esto y aquello>>, le responden que estaestá el rey lejos, y que acaacá no ayhay masmás reyes que ellos, y que si enfada mucho, que le echaranecharán a un presidio o desterrarandesterrarán destos reynosreinos (, en la Nueba SpañaNueva España a PhelipinasFelipinas, y en el PeruPerú a Chile), y. Y de esta manera andando (como dice la gente vulgar) el dingue,[84] se pasa el tiempo a los pobres, provistos por su rey y señor natural, y gocangozan en el interinínterin sus puestos los criados y asoçiadosasociados de los virreyes, y presidentes, y. Y los agraviados, biendoviendo la distancia del recurso, y que los virreyes tienen en Madrid quien encubra sus abiesosaviesos, porque no llegue la noticia a oydosoídos del rey, y de algunos ministros çelososcelosos de su r.lreal servicio, por queporque la grandecagrandeza[85] de SpañaEspaña ocupa los virreynatosvirreinatos, con los segundos de sus casas,[87] que jamasjamás sirvieron a la r.lreal, masmás que entre las cortinas leyendo comedias, y haciendo chistes, experimentado. Experimentado todo esto, los desgraçiadosdesgraciados que ahiahí se benven burlados y empeñados con las pretensiones en la corte de Madrid, y despuesdespués con los nuebosnuevos pasagespasajes y los gastos que causan en pasar a las YndiasIndias con sus familias unos, y otros con susus personas y criados, y con las demoras de las esperas hasta entrar en sus ofiçiosoficios., por no tener con quequé pagar a sus acreedores, ni con quequé bolvervolver algo mejorados a España, algunos se reduçenreducen a tratar con los extrangerosextranjeros que comerçiancomercian en las costas de estas regiones americanas, y otros se pasan a servir a otros prinçipespríncipes, como actualmente lo estamos experimentando de çiertosciertos sugetossujetos y. Y de esta suerte criando Su Mag.dMajestad soldados, y hombres politicospolíticos[88] que le sirvan, despuesdespués de haverhaber gastado con ellos mucho caudal de su r.lreal patrimonio, y haverloshaberlos onrradohonrado con algunos puestos en estas partes en premio de sus serviçiosservicios y a algunos de ellos y de su dinero, quandocuando el Rey, nronuestro s.rseñor, los aha menester como a hombres experimentados, para que continuencontinúen en mejores ocupaçionesocupaciones, se pasan por los dhosdichos dilitos y absurdos que cometen acaacá algunos virreyes y algunos malos ministros a servir a otros reyes, y prinçipespríncipes estraños,[89] para aRuynararruinar con sus inteligençiasinteligencias[90] estas provinçiasprovincias, y. Y desta suerte abandonando los hombres masmás capaces el r.lreal serviçioservicio, y divirtiendosedivirtiéndose muchos en exerciciosejercicios distintos que profesan,[91] quedan, en serviçioservicio de Su Mag.dMajestad ordinariam.teordinariamente los masmás visoñosbisoños;, y aprovechados los enemigos por ambos medios de los masmás inteligentes spañolesespañoles, que son comunmentecomúnmente los que masmás sobresalen entre las naçionesnaciones.
A bistavista de tantos, y tan notorios incombenientesinconvenientes como VS.Vuestra Señoría puede haber bistovisto en este discurso, y ponderar[92] a su e.a.estimado adherente, ayhay otros que no requieren menor atençionatención, y es el de que para mantener Su Mag.dMajestad estos dominios, aha menester no benefiçiarbeneficiar puesto ni ofiçiooficio alguno de justiçiajusticia de estas YndiasIndias, si no son solos aquellos que el consejo llama <<vendibles y renunçiablesrenunciables>>, pero permitir que se vendan los goviernosgobiernos, los corregimientos, y alcaldiasalcaldías mayores, y las togas, es querer que totalmente se acaben de perder todos estos reynosreinos, y. Y se acabaranacabarán de aRuynararruinar masmás presto si tambientambién se permitiere que los virreyes, presidentes, y aud.asaudiencias provean goviernosgobiernos, alcaldiasalcaldías mayores y corregim.toscorregimientos, masmás que en el interinínterin por muerte, por asensoascenso, o por privaçionprivación, y. Y para tales casos devieradebiera haverhaber en Lima para las juntas de guerra soldados, y un solo açesorasesor[93] para proveer en el interinínterin en sugetossujetos benemeritosbeneméritos los puestos y ofiçiosoficios de guerra, presidiendo el virrey, y. Y para los puestos politicospolíticos pudiera bastar el R.lReal Acuerdo, admitiendoseadmitiéndose en ambos tribunales (, despuesdespués de tener edictos fijados), a los pretendientes masmás benemeritosbeneméritos segunsegún sus calidades, y serviçiosservicios, pero. Pero dejar a sola la elecçionelección de un virrey que acenhacen en el interinínterin probeaprovea los puestos, y oficios, esta disposiçiondisposición es muy contra el servicio, de ambas Mag.desMajestades, y solo se puede haçerhacer y consentir lo aganhagan los virreyes y governadoresgobernadores que goviernangobiernan los estados de Su Mag.dMajestad en Europa, adonde esta regaliaregalía no es peligrosa como en la AmericaAmérica, en que asi mesmoasimesmo es cosa mostruosa[94] berver que los puestos de guerra se probeanprovean por las juntas en que no ayhay ministro alguno militar, que solos los oydoresoidores botanvotan y dan sus pareçerespareceres, q.docuando aun dando losdándolos como abogados, açiertanaciertan o benven la verdad pocas veces.
TambienTambién es notorio el inconveniente que se siga contra el real servicio, y contra la conservaçionconservación de estos reynosreinos, el permitir Su Mag.dMajestad que pasen a a ellos a ser virreyes, señores de la primera grandeçagrandeza de SpañaEspaña, ni ministros que lo ayanhayan sido en el R.lReal y Supremo Consejo de YndiasIndias, porque no devendeben ser virreyes ministros de los que son o fueron del cuerpo del Consejo, (salbosalvo los de la Junta de Guerra) que entran en la sala de goviernogobierno y en las juntas de camaracámara que estanestán permanentes en el Consejo;, porqporque de estos dos generosgéneros de calidades de virreyes ensenaenseña la experiençiaexperiencia que no son ni han sido buenos para estas provinçiasprovincias, porque si son grandes señores, son acaacá muy soberanos y açenhacen sin temor de castigo, y confiados en su gran cantidad de parentela y grandeçagrandeza de sus calidades todo lo que les pareçeparece, y por consiguiente no se contentan con sacar de Indias cada virrey de estos con 4 ni con 5 millones de r.sreales de a ocho, que a Su Mag.dMajestad sirvieran mejor y. Y por estas causas dejando destruydasdestruidas[95] todas estas provinçiasprovincias, y sin castigo todos los que delinquen en ellas, jamasjamás se corrige a los virreyes de esta calidad, ni a sus sequaçessecuaces en sus governaçionesgobernaciones, por quantocuanto como tienen poderosos parientes que sirven çercacerca de la r.lreal persona, con la ocasionocasión de hallarse en todos tiempos en la corte, empiden las notiçiasnoticias que pueden urgir al r.lreal serviçioservicio y supeditan a los consejeros de YndiasIndias, para que permanezcan sus parientes en los virreynatosvirreinatos de YndiasIndias, aun queaunque conocidamente las destruyan.
La otra causa por queporque los consejeros de YndiasIndias no devendeben pasar a ser virreyes es en ellas, ni a exerçerejercer masmás puesto que el de tomar una o muchas residencias a birreyesvirreyes y a togados y a otros ministros presidentes, es por dos raconesrazones,: la primera por queporque no es raconablerazonable que un caballero que fue consejero en el Consejo Supremo de YndiasIndias pase despuesdespués a ser inferior y jusgadojuzgado en ellas,; y la segunda, por queporque si del Consejo de YndiasIndias pasa a ser virrey (, como algunos lo han sido), siendo del cuerpo del Consejo y Junta de CamaraCámara, por consiguientemente no seraserá tan açertadoacertado su goviernogobierno como el del virrey que fuere en el PeruPerú o en Nueba SpañaNueva España cavallerocaballero soldado, y politicopolítico;, por raconrazón de que siendo del dhodicho Consejo, arahará con livertadlibertad todo lo que le pareciere, confiado en sus amigos y compañeros en el Consejo, adonde por haverlohaberlo sido y lo de masdemás que se deja entender, siempre se le dissimularandisimularán algunos abiesosaviesos, y se le procuraraprocurará mantener en el puesto como a otros, y. Y aunque se biovio un exemplar con çiertocierto virrey que quitaron en el PeruPerú, pocas veces subcede, y de este se biovio que no obstante sus excesos, permaneçiopermaneció en su antigua ocupaçionocupación hasta que muriomurió en Madrid.
Tampoco conviene al r.lreal serviçioservicio de Su Mag.dMajestad veneficiarbeneficiar en España ni en las YndiasIndias los ofiçiosoficios y goviernosgobiernos, respecto las muchas raconesrazones referidas, y que para premiar a los soldados y politicospolíticos que sirven a Su Mag.dMajestad, neçesitanecesita de todos los puestos que tiene en las YndiasIndias, mayormente biendoseviéndose que no aha luçidolucido el caudal de los venefiçiosbeneficios, por. Por lo qualcual disponiendo el rey, nronuestro s.rseñor, que los goviernosgobiernos militares y politicospolíticos se den a los que los mereçierenmerecieren unicamenteúnicamente por sus serviçiosservicios, se podrapodrá mandar en todas las YndiasIndias, que en las cajas r.sreales se retengan para Su Mag.dMajestad los sueldos de los corregidores, y alcaldes mayores, y que sirvan sus ofiçiosoficios conforme a la ley por el mero estipendio que producen los dhosdichos ofiçiosoficios politicospolíticos, por la judicatura, y otros aprovechamientos[96] en que tenemos por acaacá bastante experiençiaexperiencia, y sabemos con certecacerteza que habrahabrá muchos soldados y hombres politicospolíticos que asiasí tomarantomarán dhosdichos puestos sin sueldo, dando muchas gracias a Dios y al rey, nronuestro s.rseñor, porque con eso no tendrantendrán los alcaldes mayores, y corregidores, que pagar media anata,[97] ni masmás empeños que los de sus pasagespasajes a estas partes, en que ayhay raro alcalde mayor o corregidor que cobre los salarios que Su Mag.dMajestad les tiene señalados y. Y si ayhay algunos que dan sus recivosrecibos por entero, son contemplativos[98] que obsequian con ellos a sus superiores, y los pocos que cobran alguna vez es perdiendo masmás de la mitad de lo que devendeben haverhaber y. Y asiasí haviendosehabiéndose de quedar los salarios de dhosdichos ministros a faborfavor de los caudales de los virreyes, presidentes, oficiales r.sreales, y contadores, es mejor que venefiçiarbeneficiar los dhosdichos puestos, darlos sin sueldo y por solo el utilútil de ellos, que es muy bastante para los que los goviernangobiernan, pues conforme los han servido y sin vendevalvendaval de otros ministros que los anhan veneficiadobeneficiado, los podranpodrán servir los demasdemás en adelante, y. Y con esto lograralogrará enteramente el r.lreal thesorotesoro cada año, por solo los dhosdichos sueldos en el PeruPerú, y en la NuebaNueva SpañaEspaña, con todos los demasdemás reynosreinos y provinçiasprovincias que en ambos imperios dependen del superior goviernogobierno de los dos virreyes, masmás de un millonmillón y doscientos mil200.000 pesos cada año, como mejor lo podrapodrá VS.Vuestra Señoría berver por las memorias[99] de los ofiçiosoficios que paran en las secretariassecretarías de camaracámara del Consejo Supremo de estas YndiasIndias, y por las memorias de las secretariassecretarías de goviernogobierno de los virreyes y de otros presidentes de aud.asaudiencias, que tienen dhosdichos ofiçiosoficios masmás, y no se ponen en las del Consejo por ser menores, aun queaunque todos goçangozan sueldos como los demasdemás oficios.
Para mejor logro de todo lo referido sobre retenerse el sueldo por los oficios politicospolíticos para Su Mag.dMajestad, y abonarse masmás cada año con los demasdemás embiosenvíos de su r.lreal haverhaber lo que a cada provinçiaprovincia tocaratocará por la dhadicha retencionretención se aha de mandar, con apresadas ordenesórdenes a los virreyes y a las aud.asaudiencias que a los alcaldes mayores, y a los corregidores los dejen conoçerconocer, conforme a dhoderecho, de las primeras ynstançiasinstancias[100] como jueçesjueces ordinarios, y que no se entrometan en sus jurisdicciones los muchos ministros que repitidamente consienten las audiençiasaudiencias y alcaldes de crimen en sus salas bayanvayan con muchas ordenesórdenes a molestar y a inquietar agenasajenas jurisdicciones y. Y desta forma conteniendoseconteniéndose cada uno en su governaçiongobernación, viviranvivirán con masmás paz y mejor goviernogobierno, en servicio de Su Mag.dMajestad y de sus republicasrepúblicas, y se tomarantomarán mejor las residençiasresidencias.
Asi mesmoAsimesmo seraserá justo mandar en todos los ofiçiosoficios de goviernogobierno, de contaduriascontadurías, de juzgado de difuntos y de otros de los ofiçiosoficios r.sreales, que no se lleven derechos algunos a los dhosdichos alcaldes mayores y corregidores, pues no habrahabrá raconrazón que, yendo a servir sin sueldo sus ofiçiosoficios, se les lleven las creçidascrecidas cantidades que hasta aquiaquí han acostumbrado, mayormente q.docuando a los dhosdichos contadores y demasdemás ministros ynferioresinferiores, los tiene Su Mag.dMajestad para este fin pagandolespagándoles sus salarios anualmente.
Como ya se aha dhodicho, no combieneconviene al real servicio que los virreyes, y demasdemás presidentes provean los ofiçiosoficios, sino que solo Su Mag.dMajestad los de a quien fuere servido, premiando a los conquistadores y pobladores deste Nuebo MundoNuevo Mundo, pues por no haçerhacer lo que Su Mag.dMajestad ordena y manda tan repetidas veçesveces, se ven acaacá aRuinadosarruinados, y pereciendo en las propias tierras en que merecerianmerecerían estar poderosos; y . Y tampoco combieneconviene, segunsegún las provincias de las YndiasIndias se banvan inteligenciando con los extrangerosextranjeros, que los virreyes y demasdemás presidentes provean puesto alguno en las provincias interiores de estos reynosreinos, y menos en las costas y puertos de mar, tanto porque no es justo que en partes tan apartadas del recurso y cercanos a los enemigos estenestén estos reynosreinos dominados por sugetossujetos de la devoçiondevoción y sequitoséquito de los virreyes y presidentes de las demasdemás aud.asaudiencias, quantocuanto por queporque teniendo estos en si el goviernogobierno a su modo, empiden en los puertos de mar el recurso de que bayanvayan a Su Mag.dMajestad y a sus consejeros las notiçiasnoticias, y que buelbanvuelvan las respuestas, como al presente se experimenta en esta nueba SpañaNueva España. porquePorque haviendohabiendo masmás de dos años y siete mesmeses que sucediosucedió el tumultuoso alboroto y ruynaruina de esta ciudad, no aha havidohabido en todo este tiempo socorro ni reparo alguno, ni masmás abisoaviso que el que trajo fr.fray Joseph de YçaçiIsasi, religiozoreligioso franciscano, que antes haviahabía pasado a España a disimular el tumulto y a ocultar diferentes pliegos, como tambientambién lo hicohizo q.docuando el año pasado de 931693 bolviovolvió a esta nueba spañaNueva España y trajo al Conde de Galve algunas cartas que contra elél se havianhabían escrito conque. Conque por todas estas raconesrazones, no comvieneconviene sean tan soberanos acaacá los virreyes y presidentes de las demasdemás audiençiasaudiencias, ni que sean de alguna de las dhasdichas dos calidades, porque por el poder y mando que tienen sus padres, hermanos, parientes y compañeros, ocultan las cartas que se suelen enbiarenviar con notiçiasnoticias al rey, nronuestro s.rseñor, y a sus consejos y. Y esto estaestá acaacá tan experimentado, que de ordinario suelen los virreyes enseñar a algunos ministros las cartas que escrivieronescribieron a esos reynosreinos, y de ellos, desde que saliosalió la flota que aha masmás de 19 meses, no emoshemos gocadogozado de esas partes abisoaviso alguno, con que. Conque quandocuando el comerçiocomercio y correspondençiacorrespondencia es la mayor causa de la conservaçionconservación y unionunión de las republicasrepúblicas, faltando tanto tiempo, como aha que falta el de esos reynosreinos, comocómo quisiere Su Mag.dMajestad mantener a estos en su dominaçiondominación, specialmenteespecialmente enseñandonosenseñándonos continuam.tecontinuamente la sperienciaexperiencia y la notiçianoticia, que todos los puertos de estas YndiasIndias estanestán inçesantementeincesantemente frequentadosfrecuentados de naos de estrangerosestranjeros, cargadas de ropa con que dan continuo abasto a estas provincias, y. Y segunsegún las notiçiasnoticias que aha pocos diasdías me comunicaron unos comerçiantescomerciantes que bienenvienen de Caracas, dejaban aoraahora aha dos meses en aquella costa masmás de 68 naviosnavíos de medianos y de grandes portes, comerciando con tanta livertadlibertad que por todos los puertos de aquella costa andavanandaban los olandesesholandeses e ingleses vendiendo sus efectos, vinos y agua ardientesaguardientes y otros generosgéneros de diversas partes del mundo, lo qualcual es preçisopreciso que produzca tales efectos que por ellos se arriesguen a masmás presto perderse estos reynosreinos, que milagrosamente se mantienen en serviçioservicio de Su Mag.dMajestad, a quien Dios con su divina providençiaprovidencia ayude contra tantos, y tan conocidos enemigos.
DemasDemás del virrey que ayhay en las provinçiasprovincias del PeruPerú, ayhay asimesmo, desde que entroentró a governarlegobernarle el Conde de la Monclova, un maestre de campo general,[101] proveydoproveído por Su Mag.dMajestad en dndon Juan de la Resgada, que aha servido en Flandes con aprovaçionaprobación, y fuera de gran combeniençiaconveniencia para este reynoreino de la NuebaNueva SpañaEspaña el que en elél se criase otro puesto solo para governargobernar similmentesímilmente[102] las armas y por muerte, ausençiaausencia, enfermedad u otro qualquieracualquiera acçidenteaccidente, estas provincias en lo politicopolítico y militar en el ynterinínterin que otra cosa resultase de SpañaEspaña, y. Y por no haverhaber havidohabido soldado tal qualcual, devedebe haverlehaberle de experiençiaexperiencia para tales casos en este reynoreino, que estuboestuvo a 8 de junio del anoaño de 921692 para perderse con la ocasionocasión del tumulto, por queporque el Conde de Galve se retiroretiró con su familia al convento de San Fran.coFrancisco de esta ciudad, en que estuboestuvo 24 orashoras, y los togados escondidos en diferentes conventos y hospitales, desamparando todos al goviernogobierno, y sus ofiçiosoficios, salvo un togado de quien adelante se harahará relaçionrelación a su tiempo.
ProveProvee masmás[103] Su Mag.dMajestad en Lima y en el Callao los puestos de m.emaestre de campo del presidio del Callao y los capitanes con su sargento mayor, y el g.lgeneral, almirante y capitanes de mar y guerra[104] de la armada naval del mar del sur, los qualescuales puestos mayores se pueden pretender en SpañaEspaña, el dhodicho puesto de maestre de campo general del PeruPerú theniendoteniendo el grado actual de maestre de campo de qualquieracualquiera terçiotercio[105] que ayahaya servido en guerra vibaviva, o qualquieracualquiera governadorgobernador de placaplaza de alguna frontera de enemigo o castellano que tenga tal grado, y opinionopinión[106] que merescamerezca el dhodicho puesto, porque el de maestre de campo g.lgeneral en un reynoreino como el del PeruPerú, adonde aha de tener el goviernogobierno de las armas y las audiençiasaudiencias de un virrey, es preçisopreciso que sea persona tal y condecorada con esperiençiaexperiencia y politicapolítica.
Para el puesto de m.emaestre de campo del Callao de Lima, adonde es neçesarionecesario que ayahaya un buen soldado, qualquieracualquiera sargento mayor que lo ayahaya sido en exerçitoejército conoçidoconocido bastarabastará para el dhodicho puesto, que sobre ser garuosogarboso, es de muy buen sueldo, y. Y para sargento mayor del Callao, qualquieracualquiera capitancapitán, y para capitanes, ayudantes[107] o alferesesalféreces de los muchos que en Madrid andan pretendiendo, pues de ponerse en este presidio del Callao otro generogénero de cavoscabos, perderaperderá Su Mag.dMajestad el logro de bien servido, y arriesgaraarriesgará aquel puerto, que es una de las masmás prinçipalesprincipales plaçasplazas y llabesllaves del PeruPerú, cuyas costas ya continuamente estanestán ynvadidasinvadidas de piratas.
Para el buen goviernogobierno de la armada naval del Mar del Sur, qualquieracualquiera capitancapitán de mar, y guerra buen soldado, y marinero de los de la Armada rlReal del Mar OcceanoMar Océano seraserá muy bastante para ocupar el puesto de general de la dhadicha armada, asiasí porque esta ocupaçionocupación no corresponde en el grado a masmás que a almirante ad honorem, como por queporque no se devedebe tener en mayor reputaçionreputación respecto haverhaber poco tiempo que este puesto se crio con nombramiento de Su Mag.dMajestad por esquadraescuadra aparte, y que antes nombraban tales generales los virreyes del PeruPerú.
A elAl puesto de almirante de esta dhadicha armada del Mar del Sur, bastarabastará que le ocupe, con titulotítulo de capitancapitán de mar, y guerra, qualquieracualquiera capitancapitán de mar de los masmás abentajadosaventajados de la Armada R.lReal del OçeanoOcéano, tanto por queporque es neçesarionecesario premiarlos en partes que tanto se careçecarece de buenos marineros, quantocuanto por queporque asimesmo para estos dos puestos estanestán señalados muy buenos sueldos, y suele haverhaber muy buenos aprovechamientos[108] en los pasagerospasajeros en los viagesviajes del Callao a PanamaPanamá y de PanamaPanamá al Callao de Lima, pero. Pero para las ocupaçionesocupaciones de capitanes de mar, y guerra de dhadicha armada, bastaranbastarán alfereçesalféreces de mar y guerra de la Armada Real del Mar OceanoOcéano u de la de galeones o Armada de Barlovento, u de la del Mar del Sur, y siendo nombrados por Su Mag.dMajestad, y dados por la mayor parte todos los dhosdichos puestos por meritosméritos, y a soldados conoçidosconocidos por de valor, y experiencia en SpañaEspaña, seraserá Su Mag.dMajestad bien servido, pero. Pero si se benefiçiarenbeneficiaren estos u otros puestos, o los probeyesenproveyesen los virreyes, perderaperderá Su Mag.dMajestad la buena fortuna y reputaçionreputación de sus armas, porque acaacá todo lo atropella la codiçiacodicia, y lo supera la indignidad que con ella se introduçeintroduce.
MasMás probeprovee Su Mag.dMajestad para soldados en el poderoso reynoreino de Chile, el presidente, de aquella aud.aaudiencia, g.orgobernador y capitancapitán g.lgeneral deldél, y q.docuando puesto tan preeminente le devieradebiera ocupar soldado conoçidoconocido,[109] por el venefiçiobeneficio se banvan introduciendo sugetossujetos que no son soldados, y es justo que se ponga en esta parte, adonde el enemigo tanto pretende haçerhacer pie, un buen soldado que ayahaya sido maestre de campo, con aprovaçionaprobación en los exerçitosejércitos, y. Y para governadorgobernador del puerto, y frontera de Valdivia, qque por aquellas costas es frontera y la llave de aquel reynoreino, asimesmo se neçesitanecesita de un buen capitancapitán de cavalloscaballos coraçascorazas,[110] u de un buen sargento mayor criado en los exerçitosejércitos, para ocupar este puesto de tanta reputacionreputación, pues si se continuare el venefiçiobeneficio y se permitiera que los puestos de guerra de este reynoreino y los de politicapolítica los provean los presidentes, governadoresgobernadores, y capitanes g.lesgenerales, con evidençiaevidencia se perderaperderá este reynoreino, por queporque sobre estar muy amenacadoamenazado del enemigo, ayhay en elél mucha inteligençiainteligencia con los estranjerosestranjeros, y. Y asiasí a Su Mag.dMajestad, como unicoúnico dueño de su monarchiamonarquía, le combieneconviene proveer los demasdemás puestos militares y politicospolíticos del reynoreino de Chile, dando los politicospolíticos corregimientos sin sueldo, segunsegún se aha dhodicho, y los militares con sueldo, y. Y todos probeyendolosproveyéndolos en los que sirven en aquel reynoreino, arahará el Rey, nronuestro s.rseñor, lo que devedebe, y seraserá masmás bien servido respecto neçesitarnecesitar aquel exerçitoejército de soldados que sean cavoscabos, y ofiçialesoficiales que sepan pelear con aquellos indios, interpolando para con los dhosdichos cavoscabos algunos buenos soldados europeos.
En los puertos de la yslaisla de ChiloeChiloé, de Arica, del Guayaquil, de TruxilloTrujillo y de Payta, devedebe Su Mag.dMajestad proveer el goviernogobierno de cada uno de dhosdichos puertos con titulotítulo de capitancapitán a guerra,[111] y en capitanes de ynfanteriainfantería que ayanhayan servido en los exerçitosejércitos de Europa, theniendoteniendo cada uno de estos governadoresgobernadores el goviernogobierno militar, y politicopolítico con el sueldo que antes, que es bastante con el aprovechamiento,[112] del ofiçiooficio, y. Y para la defensa de cada uno de estos puertos, seranserán neçesariosnecesarios 60 soldados, con un capitancapitán, un alferesalférez y sargento que sirvan en cada puerto pagados, teniendo cuerpo de guardia[113] al governadorgobernador y capitancapitán a guerra, y cubiertos los puestos de masmás peligro, para con las miliçiasmilicias defender aquellos, puertos, oponiendoseoponiéndose a las invasiones que acostumbran haçerhacer, los enemigos que infectan aquellas costas, en que tantas veçesveces los han rrobadorobado, llevandosellevándose gruesas cantidades de plata, causando notables daños.
El puesto de presidente, governadorgobernador, y capitancapitán g.lgeneral de PanamaPanamá, que no se devedebe veneficiarbeneficiar, si[114] dar a soldados graduados[115] de maestres de campo, y similmentesímilmente a los capitanes conoçidosconocidos, los puestos de sargentos mayores, y y de castellanos de PanamaPanamá y de Puertovelo, han menesterse[116] para estos dos puestos soldados que sean buenos cavoscabos, y. Y para governadorgobernador de las armas y thenienteteniente de capitancapitán g.lgeneral, asimesmo un sargento mayor o capitancapitán de coracascorazas, experimentado, en los exercitosejércitos de Flandes u de España, porque no suçedasuceda en Puerto VeloPuertovelo lo que suçediosucedió el año de 1670, quandocuando saquearon aquel puerto los piratas, de los qualescuales preguntando el cavocabo a çiertocierto castellano (, despuesdespués de prisionero), que porquepor qué, pudiendosepudiéndose defender, haviahabía con la façilidadfacilidad vendidolesvendídoles el castillo, le respondiorespondió muy agudo[117] el tal castellano, a ymitaçionimitación de otro masmás antiguo que antes dixodijo lo propio, que qualquieracualquiera podiapodía vender lo que haviahabía comprado, pues era suyo, y que elél lo haçiahacía porque el presidente y demasdemás ofiçialesoficiales r.sreales no le pagavanpagaban su sueldo, y que asiasí queriaquería servirse a si propio con aquel dinero que le davadaba por el castillo, que haviahabía comprado por menos cantidad.
ProveProvee Su Mag.dMajestad en las Charcas, y en Quito los ministros de estas dos aud.asaudiencias, que tienen por presidentes a dos ministros togados masmás antiguos, y los alcaldes mayores y corregidores que proveprovee en estas aud.asaudiencias, los devedebe sin sueldo proveer Su Mag.dMajestad.
TambienTambién proveprovee Su Mag.dMajestad en su R.lReal Aud.aAudiencia de S.taSanta Fe del Nuevo ReynoReino de Granada un presidente de capa, y espada que es governadorgobernador, y capitancapitán g.lgeneral de aquel reynoreino, en que lo fueron el Conde de Bornos y otros cavalleroscaballeros muy conoçidosconocidos, y con la ocasionocasión del benefiçiobeneficio, emoshemos aoraahora bistovisto por presidente desta Real Aud.aAudiencia a un vizcaynovizcaíno, que despuesdespués de haverhaber sido criado de LorencoLorenzo Peres de Leysa, prior[118] del consulado de Sevilla (, que tambientambién lo fue lldollamado del dndon Bue de Otalora, oydoroidor del Consejo rlReal de Castilla), y de haverhaber navegado en la carrera de YndiasIndias vendiendo agujetas,[119] açendioasendió[120] a la dhadicha presidençiapresidencia por medio del venefiçiobeneficio, qque solo le pudo colocar en dhodicho puesto, en cuya aud.aaudiencia es bien escusado governadorgobernador y capitancapitán g.lgeneral, quadocuando por la parte masmás çercanacercana dista de los puertos de mar masmás de 250 leguas, y para oponerse a los enemigos en Cartagena, en S.taSanta Marta, en Maracaibo, en Caracas, en CumanaCumaná, y en la Trinidad y Guayana tiene Su Mag.dMajestad bastantes governadoresgobernadores y capitanes generales que pueden impedirlo, y. Y asiasí en la tierra adentro no ayhay falta de tal presidente y governadorgobernador, mayormente no siendo soldado como devieradebiera serlo si hubiera neçesidadnecesidad y. Y para presidir basta el oydoroidor masmás antiguo, pues mal podrapodrá presidir en leyes quien aunaún no sabe politicapolítica ni ser soldado si lo ne con que. Conque mandando el Rey, nronuestro s.rseñor, suprimir este presidente de capa y espada por no ser necesario, puede mandar tambientambién que se reserve para su r.lreal provisionprovisión[121] la de los corregidores, y alcaldes mayores del NueboNuevo ReynoReino de Granada, que pueden servir dhosdichos oficios sin sueldo como los demasdemás.
En todos los dhosdichos puestos de dhosdichos governadoresgobernadores y capitanes generales que se han veneficiadobeneficiado hasta aoraahora de pocos años a esta parte, seranserán bastantes para ellos soldados que ayanhayan sido sargentos mayores de tercios de Flandes, de Cataluña, de NavaraNavarra y de MilanMilán, y que similmentesímilmente sean al respecto los castellanos, y capitanes proveydosproveídos por Su Mag.dMajestad en dhosdichos presidios y fortalecasfortalezas, que carescen[122] de estar a todos tiempos bien prevenidos contra las ynvasionesinvasiones, que los enemigos acostumbran repetidas veces haçerhacer.
Por la parte austral del reynoreino del PeruPerú y de todo su centro, estanestán todas aquellas provincias asistidas de goviernosgobiernos politicospolíticos como son los corregidores, y alcaldes mayores que ayhay en aquellas partes, en que, masmás bien que en otras, devendeben servir sus oficios sin sueldo pero. Pero el goviernogobierno de Buenos AyresBuenos Aires, que se aha dado siempre a soldados graduados de maestres de campo despuesdespués de haverlohaberlo sido en los exerçitosejércitos, no se debe permitir que semejante gobierno se beneficie, ni que se de menos que a hombres de mucho valor y politicapolítica, mayormente en la era presente que los enemigos se banvan introduciendo por aquella parte con muchas inteligençiasinteligencias por medio del comercio, y de la nuebanueva çiudadciudad y presidio del Sacramento, que los portugueses tienen en el rioRío de la Plata, distante de la Ciudad de la ssmaSantísima Trinidad de Buenos AyresBuenos Aires solas 7 leguas españolas.
En esta dhadicha ciudad, para el goviernogobierno y manejo de la cavalleriacaballería, y enfanteriaenfantería, devedebe el rey, nronuestro s.rseñor, proveer todas las placasplazas de las costas en soldados muy experimentados, y conoçidosconocidos en los ejércitosejércitos de España y Flandes, y no de otra manera por lo muy arriesgada que estaestá aquella provincia.
En el goviernogobierno del Paraguay, que es de capitancapitán a guerra, asimesmo proveydoproveído por Su Mag.dMajestad, devedebe haverhaber un governadorgobernador y capitancapitán general asimesmo muy experimentado, y un ramo de ynfanteriainfantería pagada para defensa de aquella frontera, por donde tantos extrangerosextranjeros, como por Buenos AyresAires, se introducen en el reynoreino del PeruPerú.

InquisicionInquisición en el TocumanTocumán o Paraguay

Para obiarobviar parte de los muchos daños que causan a las provincias de las YndiasIndias la gran cantidad de heregesherejes, y judiosjudíos y algunos moriscos, y cismaticoscismáticos[123] que pasan a ellas con ocasionocasión de las flotas, de los galeones, de las naos de registro, de las del asiento de negros y de los abisosavisos y naos de guerra que frequentanfrecuentan a veces essasesas costas, fuera muy conveniente al serviçioservicio de Dios y al del Rey, nronuestro señor, que respecto, que todos los dhosdichos naviosnavíos de SpañaEspaña yntroduçenintroducen en las YndiasIndias muchos extrangerosextranjeros, y muchos masmás qque se introduçenintroducen en toda la AmericaAmérica por medio de masmás de 300 naviosnavíos franceses, ingleses, olandesesholandeses y amburgueseshamburgueses que cada año frequentanfrecuentan sus puertos, introduciendo por ellos incesantemente sus mercanciasmercancías de contravandocontrabando, y sus naçionesnaciones, que amparan dhosdichos que pasan por españoles en estas YndiasIndias siendo estrangerosestranjeros;, atento a que esto lo enseña de manifiesto[124] la esperiençiaesperiencia, y que estaestá mandado por la imvistidurainvistidura[125] que la Silla App.caApostólica concedioconcedió a los reyes de España qdocuando los constituyoconstituyó monarchasmonarcas del Nuebo MundoNuevo Mundo, que otros reyes, y prinçipespríncipes no puedan tratar ni contratar[126] en las YndiasIndias sin liçençialicencia de Su Mag.dMajestad, respecto todo esto, y que por dhosdichos decretos app.cosapostólicos y derecho canonicocanónico, en regiones en que aha poco se plantoplantó la fe catholicacatólica, y que aunaún y baiba promulgando, es prohividoprohibido el trato y comunicaçioncomunicación con los heregesherejes, y judiosjudíos y con los recienrecién convertidos o sectarios, y que todo lo dhodicho estaestá asimesmo despuesto por las leyes y ordenancasordenanzas r.sreales de Castilla, y especiales de las YndiasIndias;, para segregar a tan sediçiosossediciosos enemigos de entre los catholicoscatólicos recienrecién convertidos y veteranos, seraserá de grandisimograndísimo utilútil a ambas Mag.desMajestades y a las catholi cascatólicas y nobles familias de las YndiasIndias Occidentales, que por quantocuanto el S.toSanto Tribunal del S.toSanto OffiçioOficio de Lima no puede en tanta distançiadistancia corregir ni tener conoçimientoconocimiento de los muchos estrangerosestranjeros y gente sospechosa que pasan por Buenos AyresBuenos Aires, y por el Paraguay, y reynoreino de Chile, a lo ynteriorinterior del reynoreino del peruPerú, que en el TocumanTocumán o a lo menos en el Paraguay se erigaerija un tribunal del S.toSanto OfiçioOficio, como el de Cartagena de las YndiasIndias, con sus ministros, y comisarios del S.toSanto Oficio y un s.osecretario con cada comisario, para que en la çiudadCiudad de la Trinidad de Buenos AyresBuenos Aires asista un comisario con su secretario y ministros asisten a la visita de todos los naviosnavíos que entraren en los puertos de los spañolesespañoles, y a la de las naos que salen de dhosdichos puertos del Río de la Plata, a reçonoçerreconocer si entran o salen por aquella parte judiosjudíos, heregesherejes, o gente sospechosa, reciviendorecibiendo de todos los pasagerospasajeros, y personas no conocidas sus ynformaçionesinformaciones, filiaçionesfiliaciones, y lo demasdemás que convenga a saber si son vasallos de Su Mag.dMajestad y catholicoscatólicos, y no de los recienrecién convertidos y sospechosos, ni extrangerosextranjeros. por quePorque siendo losiéndolo, se devierandebieran prender a los que los llebarenllevaren, a los que los admitieren y escondieren, y a los que trataren con semejantes enemigos, comerçiandocomerciando con ellos, pues segunsegún lo dhodicho que la Silla App.caApostólica manda, y lo establecido por ambos derechos, y la esperiençiaesperiencia de que en las YndiasIndias han echohecho y haçenhacen ynfinitosinfinitos sacrilegios en las YndiasIndias, y que por causa de ellos estanestán todas las provinçiasprovincias de la AmericaAmérica amenacadasamenazadas con manifiesto peligro de perderse, por queporque todos sus comerçioscomercios los tienen superados los heregesherejes y judiosjudíos de las republicasrepúblicas del Norte y otros para. Para evitar tan notorios daños, porque gravemente pecan los que tratan con los extrangerosextranjeros en las Indias, fuera muy conforme a derecho, que el s.moSantísimo Tribunal declararse por excomulgados e incursos[127] en caso de inquisicioninquisición a todos y a qualescualesquiera havitanteshabitantes de la AmericaAmérica que sin espresa liçençialicencia de Su Mag.dMajestad, pasada por su rlReal y Supremo Consejo de YndiasIndias y del Supremo de la S.taSanta Ynqq.nInquisición, hataseatase, comerçiasecomerciase o escondiese estrangeroestranjero alguno en su casa o fuera de ella, o o directe o yndirecteindirecte[128] le diese algunalgún faborfavor, ayuda o auxilio, por si o por medio de otra qualquieracualquiera persona, a quien con la mesma seguridad se devieradebiera castigar, lo que si asiasí se executaseejecutase por medio del s.toSanto OfiçioOficio, seriasería esta disposiciondisposición de tanto provecho que los masmás poderosas esquadrasescuadras de naviosnavíos de guerra no harianharían tan prodigiosos y provechosos efectos, y. Y para masmás bien lograr loslograrlos devieradebiera haverhaber otro comisario con su secretario y ministro en el Paraguay y otro en el reynoreino de Chile en el puerto de ValparaysoValparaíso, para en la mesma forma visitar los naviosnavíos que entran, y salen por el comercio y negociaçionnegociación de aquel puerto, adonde y en los demasdemás referidos, es de mucho utilútil visitar, y reconoçerreconocer todos los libros que se llebanllevan a vender de Europa y otros que ya estanestán en las Indias.

Otro tribunal del s.toSanto Oficio en MeridaMérida de la Grita o en la provincia de Caracas

La provinçiaprovincia de Caracas es un generogénero de paispaís y goviernogobierno que, desde que se poblopobló aquella governaçiongobernación, enpecoempezó a ser sospechosa por la mucha gente estrangeraestranjera que siempre la frequentofrecuentó, con la ocasionocasión de haverlahaberla empecadoempezado a governargobernar y poblar estrangerosestranjeros desde el año de 1528 y. Y sobre estos prinçipiosprincipios, teniendo las naçionesnaciones[129] en aquellas costas los masmás famosos puertos de la Tierra Firme, y las yslasislas de Barlovento y de CuraçaoCurazao, poblados con gente de sus provinçiasprovincias del Norte, estaestá con ellas toda la materia dispuesta para por aquellas costas de la yslaisla de la Trinidad y de la Guayana, y de la yslaisla de la Margarita y de los goviernosgobiernos de CumanaCumaná, Caracas, y MaracayboMaracaibo, en la Tierra Firme y franquandofranqueando, los pasos por muchisimosmuchísimos puertos sin defensa, para que todo generogénero de estrangerosestranjeros sectarios, heregesherejes, judiosjudíos y atheistasateístas y cismaticoscismáticos, se introduzcan logran. Logran a todos tiempos los naviosnavíos estrangerosestranjeros en aquellas costas la yntroduçionintrodución de todo generogénero de mercançiasmercancías, y de gente de sus naciones, y desta suerte pasando a las provinçiasprovincias de la tierra adentro, pasan a las del NueboNuevo ReynoReino de Granada, a las de PopayanPopayán, Quito, YquitosIquitos, y a las demasdemás del PeruPerú y. Y como con el trato del comerçiocomercio tienen ya en todas estas partes muchos parientes y paysanospaisanos ladinos que hablan spañolespañol, y pasan por tales, diciendo son flamencos viscaynosvizcaínos e ytalianositalianos, permaneçenpermanecen en la facilidad de los vecinos de las YndiasIndias, entre ellos, y enparentandoemparentando en ellas casandose. Casándose en estas partes con sus hijas, hermanas, y parientes, van ya tomando tal estimaçionestimación los extrangerosextranjeros que en pocos años seraserá mayor el vandobando de ellos que el de los spañolesespañoles, a cuya mira si en la çiudadciudad de MeridaMérida de la Grita de la governaçiongobernación de MaracayboMaracaibo, o en una de las ciudades del Tuyo, o Barquisimeto, que distan poco una de otra, y son todas tres muy regaladas y sanas, si en qualquieracualquiera de ellas se pusiese otro s.toSanto Tribunal de la Ynqq.nInquisición contra los dhosdichos enemigos, en la mesma conformidad que queda referida del TocumanTocumán o Paraguay, seriasería asimesmo de tanta y aun de mayor consequençiaconsecuencia la utilidad del dhodicho tribunal, en qualquieracualquiera de las dhasdichas tres çiudadesciudades, por queporque aunque en el TocumanTocumán es dilatada aquella governaciongobernación, y lo es asimesmo la del famoso reynoreino de Chile, y las provinçiasprovincias y governaçionesgobernaciones de Buenos AyresAires y del Paraguay, que son los limiteslímites que devieradebiera tener aquel s.tosanto tribunal hasta la provinçiaprovincia de la S.taSanta Cruz de la Sierra;, es tan dilatada la provinçiaprovincia de Caracas y tan descarado el comerçiocomercio que tiene con los extrangerosextranjeros que porque cada año acuden solo a sus puertos masmás de 150 naviosnavíos grandes y medianos de los dhosdichos enemigos, neçesitabanecesitaba sola esta provincia de un s.tosanto tribunal, pero. Pero como esta tiene otras muchas provinçiasprovincias junto a su costa, y que por diversas partes confinan con ella, criado un s.tosanto tribunal nuebamentenuevamente en qualquieracualquiera de las dhasdichas tres çiudadesciudades que estanestán en la tierra adentro, adon[130] el enemigo no puede en el tiempo presente entrar con tanta façilidadfacilidad como en otros tiempos entroentró en aquellas costas;, asiasí por queporque estas dhasdichas ciudades estanestán en la tierra adentro, como porque por MaracayboMaracaibo ya el enemigo no puede entrar, por estar ya fortalecido el puerto, pudiera el tribunal del s.tosanto oficio tener a su cuydadocuidado (, asegurandoseasegurándose en una de aquellas ciudades), la provincia de Caracas, la provinçiaprovincia, de CumanaCumaná, la provinçiaprovincia de la Guayana, con la yslaisla de la Trenidad de Barlovento, la provincia de la yslaisla de Puerto Rico, la provinçiaprovincia de la yslaisla de s.toSanto Domingo, y la provincia de MaracayboMaracaibo con MeridaMérida de la Grita, que es una governaçiongobernación, y en todos los puertos principales de estas provincias poniendo en cada puerto un comisario con su secretario y un ministro, tubieratuviera harto que haçerhacer el S.toSanto Tribunal, y se poblaranpoblarán mejor, y con masmás abundancia y prestecapresteza aquellas provinçiasprovincias, por queporque castigando a los que comerçiasencomerciasen con los estrangerosestranjeros, creçieracreciera sin duda el comerçiocomercio de los spañolesespañoles.
Los puertos que caresçencarecen para dhodicho efecto de comisarios son, a las margenesmárgenes del riorío del Orinoco, Barinas, el de MaracayboMaracaibo, y en la costa de Caracas, uno en la costa de Puerto CavelloCabello, otro en el puerto de La GuayraGuaira, otro en el puerto de Cumanagoto, y Barcelona que ambos pueblos hacen un cuerpo,—, otro en CumanaCumaná, otro en la yslaisla de la Trenidad, otro en la yslaisla de la Margarita, otro en la de Puerto Rico y otro en la çiudadciudad de Santo Domingo de la YslaIsla SpanolaEspañola, porque aunque en algunas de las dhasdichas partes ayhay comisarios, es neçesarionecesario que los ayahaya en todas las referidas, y muy çelososcelosos del servicio de Dios y del Rey, y. Y los s.tossantos tribunales de Cartagena y de la NuebaNueva SpañaEspaña no pueden, aunque aganhagan ynfinitasinfinitas deligençiasdeligencias, asistir a los reparos[131] de tanta consequenciaconsecuencia, asiasí porque estas provinçiaprovincias distan mucho de aquellas, como por estar todos los mares de las YndiasIndias muy frequentadosfrecuentados de enemigos, y desamparados de armadas navales, y al respecto minorados los comerçioscomercios de los vasallos de Su Mag.dMajestad y agumentados[132] entre ellos y con ellos los de los estrangerosestranjeros, a quienes solo el s.tosanto tribunal puede extinguir lentamente, (y con el dhodicho medio), de las provinçiasprovincias de las yndiasIndias americanas, y persiguidas de tan nimios[133] enemigos de nuestra fe catholicacatólica, y. Y como tal aseguro a V.S.Vuestra Señoría que es cosa bien lastimosa berver comocómo estaestá este NueboNuevo Mundo poblado de inteligençiasinteligencias con los estraños, y lo masmás notable hacia este punto es asimesmo que los ministros seglares que el Rey, nronuestro señor, tiene en estos reynosreinos no lo remedian, porque la codicia les venda los ojos porque todo se vende.
Los demasdemás puertos militares que Su Mag.dMajestad proveprovee en las yslasislas de Barlovento son el de governadorgobernador y capitancapitán g.lgeneral de la yslaisla de la Margarita, y aunque este puesto es de grado de capitancapitán g.lgeneral, a qualquieracualquiera buen soldado que ayahaya sido capitancapitán de infanteriainfantería se le puede dar, haviendohabiendo servido en algunalgún exercitoejército de Flandes u de Cataluña, porque esta yslaisla, aunque pobre, aha sido muchas veces invadida del enemigo, y aha menester tener en el puerto mejor defensa.
La famosa Yslaisla de Puerto Rico, que siempre se aha defendido bien, la goviernagobierna siempre un governadorgobernador y capitancapitán g.lgeneral, y para este puesto que es de garvogarbo y de algunalgún utilútil, qualquieracualquiera buen soldado, sargento mayor o capitancapitán de cavalloscaballos (como en Flandes lo a sido Arredondo, que la goviernagobierna, la puede governargobernar y defender, teniendo buenos cavoscabos con su infanteriainfantería.
Para capitancapitán g.lgeneral, governadorgobernador y presidente de la R.lReal Aud.aAudiencia de S.toSanto Domingo de la Ysla SpañolaIsla Española siempre se han buscado soldados de buen creditocrédito, hasta que con el venefiçiobeneficio han ydoido descayendo[134] los puertos, y se dio el de la presidençiapresidencia desta RlReal Aud.aAudiencia a un capitancapitán g.lgeneral que goviernagobierna esta yslaisla, despuesdespués de haverhaber sido meramente capitancapitán de un navionavío de mercanciamercancía que trataba en aquel puerto, vendiendo sus frutos, y generosgéneros de SpañaEspaña, y de otras partes y. Y asiasí si se proveyera este puesto como se devendeben proveer todos por meritosméritos militares, siendo ocupaçionesocupaciones de guerra, qualquieracualquiera sargento mayor o maestre de campo buen soldado le podrapodrá ocupar, porque es garvosagarbosa ocupacionocupación.
MasMás provee Su Mag.dMajestad en este presidio de la ciudad de S.toSanto Domingo castellano, que puede pretender un capitancapitán de ynfanteriainfantería, y las compañiascompañías del presidio que se devendeben dar a alferecesalféreces reformados[135] que han servido mucho tiempo bien, y anhan[136] en Madrid divertidos en sus pretensiones y pereçiendopereciendo por los rincones respecto el veneficiobeneficio.
Para pasar a todas las dhasdichas, partes, los cavalleroscaballeros soldados proveydosproveídos por los meritosméritos de sus servicios en los dhosdichos puestos anhan de adbertiradvertir primero que los gastos de los pasagespasajes de SpañaEspaña a las YndiasIndias son muchos, y creçencrecen q.tocuanto creçencrecen las banbollasbambollas[137] y crecidas familias de criados que es escusado[138] traspasar, porque en todas estos reynosreinos, menos en las yslasislas de Barlovento, ayhay tanta gente vagamunda[139], y de sobra en cada çiudadciudad, que ayhay sobrados que sirvan, y aun para poder poblar otras provinçiasprovincias y. Y el traer criados spañolesespañoles, solo es bueno para los mercaderes, con quienes algunos subsisten[140] por el fin de açcenderascender al superior grado de mercader y ganar creditocrédito con la perseverançiaperseverancia; pero. Pero qualquieracualquiera generogénero de ministro o cavocabo militar que pase a las regiones de AmericaAmérica, con creçidacrecida familia de criadas, y criados, haçehace muy mal, por quantocuanto sobre gastar con cada persona q.docuando menos 150 p.pesos, y con algunas a 200 y a 300 pesos, y masmás y menos segunsegún son los viagesviajes, en llegando los criados spañolesespañoles a las YndiasIndias, viendo que en ellas no sirven las mujeres blancas, aunque sean unas fregonas, luego o tratan de casarse, u de otra cosa, y. Y asiasí escusandoseescusándose de servir, dando a entender que son mejores que sus amos y que las engañaron, porque ellas no binieronvinieron para servir, porque son desçendientesdescendientes de la reynareina d.adoña uRacaUrraca y de d.adoña MariaMaría de Padilla, dejando de esta manera de servir, quedan los amos sin criadas y con su dinero gastado en valdebalde, obligados a buscar quienquién les sirva y. Y haçiendohaciendo lo propio los criados, luego que se desembarcan en estas partes, unos por la mucha abundancia que ayhay en ellas de mugercillasmujercillas,[141] y otros porque luego creen que hallaron muchas combeniençiasconveniencias, y que presto se enriqueranenriquecerán con grandes dotes, se despiden o se banvan luego por donde les pareçeparece, y sin atender a que costocostó, mucho dinero el trasportarlos a las YndiasIndias, los amos se hallan sin criados y sin su dinero, y ordinariamente ellos perdidos, y quandocuando mucho sugetossujetos a buscar mercaderes que los armen con cintas y aguetasagujetas, puntas,[142] encagesencajes y otras churias[143] por las calles, y. Y el que esta conveniencia allahalla, que es como la de los franceses en SpañaEspaña y como una cathedracátedra de prima en Salamanca, pues según la estimación de acaacá, es muy dichoso, el que esto consigue, pues, en estos reynosreinos no se da cosa alguna de valdebalde , ni las calles están empedradas con barros de plata, por lo qalcual suelen andar los pobres asiasí perdidos a pares por las calles, haciendo pronosticospronósticos para adivinar en quequé buscar la vida, y los amos quienquién los asista y. Y asiasí todos los que con ocupaçionesocupaciones pasaren a estas YndiasIndias no han menester trasportar a ellas tanto generogénero de bagamundosvagamundos, que se salen de SpañaEspaña por no servir a Su Mag.dMajestad, dejando despoblados sus lugares, y lo peor es que en ellos suelen quedar sus mujeres y. Y por esta causa devieradebiera el Consejo de las YndiasIndias servirse de mandar mandar que los alcaldes mayores no tragesentrajesen criados masmás que uno, y para esto había de constar tener necesidad, y a todos los demasdemás ministros (exçeptoexcepto virreyes y presidentes de aud.asaudiencias) se les haviahabía de mandar lo propio, porque demás de los dhosdichos inconvenientes, se suelen enbarcarembarcar para las costas y provinçiasprovincias de AmericaAmérica muchos estrangerosestranjeros, y gente sospechosa, con pretesto de que son criados de los dhosdichos y otros ministros que los trasportan por tales.
Tampoco se devedebe permitir el benefiçiobeneficio de los puestos por el gran daño que se sigue contra la R.lReal HaçiendaHacienda, y por el que se haçehace contra los particulares que prestan su dinero, porque si los pretendientes tubierantuvieran 6 d6.000, 8 d8.000, 12 d12.000, 20 d20.000, 30 d30,000, 50 d50.000, 70 d70.000 y los pesos que buscan prestados para obtener diferentes puestos, dejando aparte la indignidad, que se califica por digna con el dinero, fuera muy poco advertido qualquieracualquiera sugetosujeto que tubiesetuviese estas cantidades y que pudiendo en España buscar quitamente[144] su vida o comprar posesiones con ellas para mantenerse con decencia,[145] que quisiese pasar constantes riesgos de mar y tierra a las YndiasIndias a buscar las notorias contingençiascontingencias que se padeçenpadecen, por. Por cuyas causas siendo, como es claro y evidente, que los que compran los oficios lo haçenhacen con dinero que les prestan, y ellos lo suelen prestar dando un tanto por donativo y otro tanto prestado, respecto que sobre las cantidades que se prestan a Su Mag.dMajestad se les paga a los acreedores a 8 por 100, se beve que con el premio que su Mag.dMajestad da, compran parte de los ofiçiosoficios, y que por lo que dan de donativo pagan a sus acreedores los mercaderes los intereses, trasportando en los galeones y flotas sus contrabandos, y por sus retornos el oro y plata sin registro. yY si son governadoresgobernadores, admiten a los negociantes que les haçenhacen los prestamospréstamos, con naviosnavíos cargados de contrabandos y estrangerosestranjeros, que repetidamente se benven recibir en los puertos de las YndiasIndias, en que tambientambién en comprando los corregimientos y alcadiasalcaldías mayores, otros, buscan dinero entre particulares y merderesmercaderes con quienquién tratar, y poner por thenientestenientes conque. Conque desta manera governandogobernando todos estos las YndiasIndias, si en SpañaEspaña pelan y acaacá quitan harto el pellegopellejo, aniquilando a los vasallos del Rey, nronuestro s.rseñor, a su costo, y como ayhay algunos mercaderes que meramente por el interesinterés moderado y por amistad suelen prestar a algunos de los dhosdichos ministros dinero para dhodicho efecto, suele suceder que despuesdespués no lo pueden cobrar, porque a muchos governadoresgobernadores, alcaldes mayores y corregidores, los detienen los virreyes, o les niegan la posesionposesión de sus oficios, y por no estar en ellos no pueden pagar, y. Y esto sirve de notable atraso[146] contra los particulares, porque sobre prestar su dinero, no pueden cobrarlo por berver no ser este defecto del deudor, si[147] de no cumplirse lo que Su Mag.dMajestad manda, por. Por solo este escandaloescándalo que se experimenta contra la palabra rlreal, y general daño que se açehace a los vasallos, se devedebe prohibir el veneficiobeneficio de los puestos en todas las YndiasIndias, en que muchos quiebran por estas causas que v.eVuestra Excelencia puede con lo demasdemás considerar y ponderar a, su e, ad.estimado adherente.
A la mira de todas estas contingençiascontingencias en el presente estado que oyhoy tienen estos reynosreinos, es neçesarionecesario que si Su Mag.dMajestad quiere mantenerlos en su r.lreal dominio, provea todo generogénero de puestos en ellos en soldados que bien le ayanhayan servido, dandose losdándoselos por sus meritosméritos de serviçiosservicios, pues harto aranharán los presidentes de Chile, los maestros de campo generales de Lima y otros puestos tales para TocumanTocumán, y Buenos AyresAires enobiar seen obviarse con 8 d8.000 p.pesos, que es lo menos que cada uno aha menester para pasar, y masmás con mugermujer si fuere casado yanibienya, ni bien no aranharán poco los demasdemás governadoresgobernadores y presidentes de PanamaPanamá, y Santo Domingo, en pasar con solos 4 d4.000 pesos de empeño, y al respeto los governadoresgobernadores de Cartagena, Santa Marta, MaracayboMaracaibo, Caracas, CumanaCumaná, Trinidad, la Margarita y Puerto Rico, pues el que menos, no puede pasar a su goviernogobierno sin llegar a elél deviendodebiendo 2 d2.000 p.pesos, y esto es siendo provistos prpor meritosméritos.
Su Mag.dMajestad proveprovee masmás, exmoexcelentísimo señor, en la yslaisla de Cuba un governadorgobernador y capitancapitán g.lgeneral en la ciudad de La HavanaHabana, con grado de m.emaestre de campo, que se da sin masmás grado que de sargento mayor o capitancapitán de cavalloscaballos, que basta para este puesto, siendo soldado conocido por sus servicios en los exerçitosejércitos, y como tal lo sirve don Seberino de MançaredaManzareda, y. Y para castellano del Morro es neçesarionecesario un sargento mayor en el grado, despuesdespués de haverhaber sido capitancapitán, y a las otras dos fuercasfuerzas qualquieracualquiera alferesalférez de exercitoejército de Flandes u de Cataluña bastarabastará para castellano de qualquieracualquiera, respeto ser puesto de capitancapitán.
En el puerto de SntiagoSantiago de Cuba un governadorgobernador y capitancapitán a guerra, y papara el castellano del Morro de Cuba un alferezalférez para capitancapitán basta, y conbieneconviene al serviçioservicio de su MagMajestad, que en todos estos presidios provea por si los demasdemás capitanes.

Comisarios del S.toSanto OfficioOficio en los puertos de la yslaisla de Cuba y en los de la NuebaNueva SpañaEspaña

La yslaisla de Santiago de Cuba es tan grande y çircunferenciadacircunferenciada[148] de famosfamosos puertos, que incesantemente traginantrajinan en ellos muchos naviosnavíos de SpañaEspaña de las yslasislas de Canaria, de las costas de las demasdemás yslasislas, y YndiasIndias y de todas las naçionesnaciones del Norte, que para introducir sus contravandoscontrabandos tienetienen en toda la isla sus correspondientes, de diversas partes de Europa, y con estos medios logrando muchos heregesherejes y gente sospechosa pasar de las yslasislas de Barlovento y de la de JamaycaJamaica, olandaHolanda, Francia, YnglaterraInglaterra, y amburgoHamburgo a la havanaLa Habana, y a los demasdemás lugares de aquella yslaisla, tienen en ella asentado trato, y a todos tiempos ocasiones de pasar al reynoreino desta Nueva SpañaEspaña por diferentes puertos que tiene a Barlovento, y a Sotavento del de la Veracruz, y por elél continuamente como por Campeche, Puerto de Higueras y por el de Honduras, y otros a las provincias de Guatemala, pues de todos ellos enseña la esperiencia que raro es el lugar, por pequeño que sea, que no tenga algunalgún o algunos estrangerosestranjeros, por moradores,. yY a este respecto biendo biendoseviéndose lo propio, en todas las ciudades, villas, y poblaciones de la Nueva SpañaEspaña, continuamente frequentadasfrecuentadas de los estrangerosestranjeros, que comercian en ellas, y toman muchos estado de casados, para obiarobviar los muchos daños que por estos medios se banvan estableciendo, y los que adelante se siguieran, pudiera el S.toSanto Tribunal de la Suprema Ynqq.nInquisición G.lGeneral de la monarchiamonarquía de SpañaEspaña mandar al de MexicoMéxico que en todos los puertos de TanpicoTampico, de la Veracruz, del Tabasco, y de Campeche, que son de la Nueva SpañaEspaña, que hubiese (en los dhosdichos dhos puertos que no hubiere) un comisario, con su secretario y ministro, para reconoçerreconocer todos los sugetossujetos que entran, y salen en los naviosnavíos, y barcos que comercian en todos los dhosdichos puertos, visitar[149] los libros que entran y salen por ellos, y visitar asimesmo todas las embarcaçionesembarcaciones con sus comisarios del S.toSanto Oficio y ministros, que entraren en Nicaragua y Costa Rica, y en todas las provinçiasprovincias de Honduras, y sus puertos de Realejo, Guatulco[150] y Guatemala, hasta el de Acapulco, pues. Pues haviendohabiendo en todos ellos tan continuado trato de las provinçiasprovincias del PeruPerú y de de las dhasdichas de la Nueva SpañaEspaña, y en elél muchos estrangerosestranjeros, y sugetossujetos no conoçidosconocidos, seraserá justo que asiasí en estos puertos, como en el de PanamaPanamá y Puertovelo[151] adon[152] llegan los galeones, que asiasí en estos dos puertos, como en el de PaytaPaita, de TrugilloTrujillo, del Guayaquil y de Lima por el CalloCallao y en el de Arica, que el S.toSanto Tribunal de Lima ponga comisarios con sus secretarios y ministros, que visiten las naos que salen y entran en los dhosdichos puertos, pues asiasí convendraconvendrá tambientambién hacerlo en la NuebaNueva SpaEspaña y en la yslaisla de Cuba, poniendo un comisario en La HavanaHabana, en SntiagoSantiago de Cuba y otro en el puerto de la Trinidad, o en el Puerto del PrincipePríncipe por el mucho trato que en aquella costa tienen los estrangerosestranjeros, y especialmente los judiosjudíos y heregesherejes de JamaycaJamaica.
Si todas estas resoluciones fuesen acordadas por el Supremo Tribunal de la Ynqq.nInquisición G.lGeneral de SpañaEspaña, por los motivos espresados hablando del tribunal que se devieradebiera poner en la provinçiaprovincia del TocumanTocumán, y los demasdemás que se han ydoido refiriendo, y los que sobre todo consideraren tan çelososcelosos ministros de ambas Mag.esMajestades, seraserá en breves años tal, y tan notables los frutos que produçiranproducirán los efectos de esta disposiçiondisposición, que con sola ella se pueden asegurar estas provinçiasprovincias de las YndiasIndias, y la fe catholicacatólica en en ellas, porque atender[153] a que los ministros seculares lo remedien, es esperar auna un infinito proçederproceder, porque acaacá aunque ayahaya un ministro o algunos ajustados a las leyes catholicascatólicas y a las r.sreales, como son masmás los que solo atienden a sus propias conbenienciasconveniencias actuales, que a las de Su Mag.dMajestad y de sus vasallos, no se logra jamasjamás cosa alguna que se mande, porque la codiçiacodicia todolotodo lo corronpecorrompe, y. Y aseguro a V.E.Vuestra Excelencia que de milagro y por la gran virtud del Rey, nronuestro s.rseñor, qque permanecen estas provincias en sus dominios, pues, si consideramos el modo de governargobernar, como acaacá se goviernagobierna, no es para conseguir otro fin que para propiçiarpropiciar masmás presto la ruynaruina de ellas, por quien solo Su Mag.dMajestad y su reales y supremos consejos de Estado, y de YndiasIndias devendeben mirar, aplicando estos y los demasdemás reparos que a ve.Vuestra Excelencia boyvoy proponiendo, como experimentado en todo generogénero de tratos y de goviernosgobiernos, y militares y politicospolíticos de estas y de otras partes, segunsegún V.E.Vuestra Excelencia lo sabe, y se lo podrapodrá ponderar a su e. ad.estimado adherente
MasMás proveprovee Su Mag.dMajestad (, como V.E.Vuestra Excelencia sabe), en ensteeste reynoreino un virrey governadorgobernador, y capitancapitán g.lgeneral, que es el que preside en la r.lReal aud.aAudiencia, y si sobre este y otros presidentes de audiençiasaudiencias de YndiasIndias, como espero consideren los señores de los supremos consejos de Estado, de Guerra, y de YndiasIndias los gravisimosgravísimos inconbenientesinconvenientes, que en estas partes se siguen contra el r.lreal serviçioservicio de Su Mag.dMajestad y contra todos sus vasallos, y dominios, deverandeberán preçisamenteprecisamente[154] resolver, y estableçerestablecer por ley ynviolableinviolable que los virreyes ni otros capitanes g.lesgenerales presidan las audasaudiencias de las YndiasIndias, y que solo cuydencuiden del superior goviernogobierno de estas provinçiasprovincias, por lo que toca a la politicapolítica militar, y de governaçiongobernación con la superioridad de goviernogobierno politicopolítico, para sobre todos los ministros inferiores a virrey politicospolíticos y militares, porque con la ocasionocasión de presidir acaacá los virreyes las aud.asaudiencias, las superan en tal manera que no se hace masmás de lo que ellos quieren, y. Y asiasí ympidiendoseimpidiéndose el recurso[155] a las partes, quandocuando las aud.asaudiencias las crio Su Mag.dMajestad para desagravios, oyendo a los litigantes, en justicia,[156] raras veces la consiguen si los virreyes açenhacen empeño por alguno, y es lo que se acostumbra.
Y si de una determinaçiondeterminación de un virrey en goviernogobierno, se apela para la sala del crimen o para una aud.aaudiencia r.lreal, como de ordinario bemosvemos, con solo pasar a qualquieracualquiera de estas dos partes el presidente, y aun sin pasar, se confirma en ellas lo que mandomandó por su respecto y. Y por estas causas quedando muchos agraviados, porque no se atiende si nosino a quien tiene masmás dinero, respecto que con elél se ganan los faboresfavores, y las voluntades, y por queporque de estos reynosreinos a los de España suele faltar la correspondençiacorrespondencia uno, y dos años, como aoraahora se beve en este ymperioimperio mexicano, quedando los agraviados sin recurso alguno, ellos pierden sus caudales; Su Mag.dMajestad, su R.lreal haverhaber,; el comercio, sus correspondençiascorrespondencias,; y los estrangerosestranjeros logran las suyas y muchas de y las adasaudiencias con el pretexto de que los virreyes lo mandan, y los virreyes con el de que asiasí lo acordaron los oydoresoidores, todos se disculpan a su salbosalvo, para que permanescapermanezca la tiraniatiranía.
Por todas estas causas, y por otras muchas que no se espresan porque no todas se pueden escribir, ni la indecencia con que se obra acaacá se puede ponderar, pudiera Su Mag.dMajestad resolver que en Lima y en MexicoMéxico los virreyes, no se entrometan en el goviernogobierno y judicatura de las audasaudiencias, y que solo los presidiesen en las funçionesfunciones publicaspúblicas, por la deçençiadecencia del puesto, y en las visitas de carçelescárceles las pasquaspascuas de Navidad, de ResurecçionResurrección, y de PentecostesPentecostés, por quantocuanto de presidir y botarvotar en las dhasdichas aud.asaudiencias se siguen notablisimosnotabilísimos daños, y tales inconbenientesinconvenientes, mayormente repartiendo los virreyes a su modo a los oydoresoidores y alcaldes del crimen en diversas comisiones, para dejar a las ad.asaudiencias con solos los votos que suelen ser de sus parcialidades,[157] y pareçerespareceres, y acostumbran los virreyes adbocaradvocar[158] asiasí en primeras instancias las causas de los jueces ordinarios, sin permitirse concluyan muchas, por respectos particulares, con que. Conque no castigandosecastigándose a los reos, e impedidos los fueros ordinarios y primeros conoçim.tosconocimientos,[159] refutan las viasvías executivasejecutivas, y ordinarias,[160] y a los corregidores, y alcaldes mayores sus subditossúbditos les pierden el respecto, y no les obedeçenobedecen.
Por adbocarseadvocarse asiasí las causas los virreyes, ( y algunas veçesveces algunas ad.asaudiencias rsreales) en primera instancia, subçedesubcede ordinariamente que con el menor informe que de yndio yndioindio, negro, o mulato, o qualquieracualquiera spañolespañol que luego al punto (y sin afiançarafianzar, como por derecho estaestá establecido en la de la calumnia[161]) mandan prender con qualqueracualquera querella o queja a los corregidores y alcaldes mayores y. Y llevandolosllevándolos publicamentepúblicamente presos a las carçelescárceles publicaspúblicas, (si no dan), y q.docuando menos, sacandolossacándolos de sus jurisdiciones presos con grillos y llebandolosllevándolos a otras, luego antes de substançiarsubstanciar sus causas, ni determinarlas segunsegún justiçiajusticia, les ponen justiçiasjusticias mayores y. Y de esta manera haciendo despuesdespués sumarias[162] con testigos q.que jamasjamás faltan, porque los jueces son aborreçidosaborrecidos y los mezclados con la casta spañolaespañola son sus mayores enemigos, mayormente negros, mulatos, mesticosmestizos, Yndiosindios, y estrangerosestranjeros desimulados, que ayhay en estos reynosreinos, y los abiesosaviesos, naturales de algunos inquietos, que por tener dinero quieren con elél superar[163] como superan, amparados de las aud.asaudiencias a. A los jueces corregidores y alcaldes mayores, biendoviendo todos estos que asiasí los maltratan, los virreyes y algunos ministros togados que pasan contra ellos, y que despuesdespués de quitados de sus ofiçiosoficios les haçenhacen las causas como en Cataluña (, que segunsegún su adageoadágeo),[164] despuesdespués de aorcadosahorcados les dan a los reos las sentencias, por bien que salgan los dhosdichos ministros de sus pleytospleitos, por los creçidoscrecidos salarios de los pesquisidores, scrivanosescribanos y demasmás ministros, y escribientes,[165] ordinariamente quedan destruydosdestruidos, y masmás con lo que estaestá introduçidointroducido por guantes[166] en la diabolicadiabólica politicapolítica de por acaacá, tan contra todas las leyes r.sreales y cedulascédulas de Su Mag.dMajestad, que aunque se obedecen ceremonialmente, no se cumplen, como si fueran despachados por un rey intruso.
Con queConque haviendohabiendo, como ayhay, por acaacá muchos alcaldes mayores y corregidores que en 5 años anhan tenido en sus oficios, masmás pesquisidores que años , ¿comocómo quiere V.E.Vuestra Excelencia que estenestén estos reynosreinos, pues? Pues en estos de la Nueva SpañaEspaña tenemos aunaún bivosvivos los exemplaresejemplares[167] de que el conde de Galve da bastantes muestras, porque q.docuando a la venida de la flota pasada del año de 1692 supo que venianvenían muchos puestos proveydosproveídos por su MagdMajestad, luego al instante que lo entendioentendió, los fue proveyendo por su goviernogobierno en sus criados y confidentes, y dejando a los propietarios pereçiendopereciendo[168] y enpeñadosempeñados, unos han muerto, otros andan por los rincones mendigando, y otros se han ydoido adonde han querido, y. Y los que han entrado en sus ofiçiosoficios han sido solos los que han dado venefiçiobeneficio de nuebonuevo, pues los que no han tenido dinero no han logrado la merçedmerced de Su Mag.dMajestad, y a todos los de su real provisionprovisión les aha puesto tantos comisarios y jueces que en cada ofiçiooficio ayhay a tres y a quatrocuatro, menos en los ofiçiosoficios que ocuparon y ocupan los criados del virrey, porque sobre que ayhay algunos que de 16 y de 18 y 20 años ocupan puestos de alcaldes mayores, no lo deviendodebiendo ser en tan cortas edades, por queporque quien aunaún no es por derecho havilhábil para governargobernar sus bienes, ¿comocómo lo podrapodrá ser para governargobernar los agenosajenos, en partes que tanto se requiere saber y tener tanta esperiencia aha menester?— pasan con todos estos defectos y otras indignidades a otros ofiçiosoficios, sin tener comisarios, pesquisidores, ni otros sobre estantessobrestantes,[169] ni dar las residençiasresidencias como devendeben, y. Y asiasí haciendo infinidad de ynsultosinsultos, todos estos en estos reynosreinos tan arriesgados y pretendidos de enemigos, no se devedebe en manera alguna permitir que los virreyes provean el menor oficio, mayormente enseñando muchos exemplaresejemplares, que, por poner los virreyes gente de sus facçionesfacciones en los primeros manejos, y ministerios y ofiçiosoficios, se destruyen, y que han perdido algunos reyes sus reynosreinos, y otros sus provencias.[170] yY es esto tanto masmás peligrosa esa livertadlibertad q.docuando es tan grande y la distancia como la de AmericaAmérica a España, tan peligrosa y retardada, como v.e.Vuestra Excelencia puede con su larga esperiencia y noticias considerar, porque todo se dice sin perjuicio de la reputacionreputación de los virreyes y demasdemás ministros que bien sirven a Su Mag.dMajestad, como devendeben.
Para mejor seguridad y goviernogobierno de estos reynosreinos de la NuebaNueva SpañaEspaña, fuera muy conveniente el que como se aha dicho en el particular del virreynatovirreinato de Lima, que se criecríe[171] en este reynoreino un m.emaestre de campo general deldél, que sea thenienteteniente general del virrey y governadorgobernador de las armas de todas las ciudades, villas y puertos de ambos mares del Norte y del Sur, y. Y por el Mar del Norte, empeçandoempezando a reconoçerreconocer el estado de las fortalecasfortalezas desde Tampico y la Veracruz, Tabasco y Campeche, hasta toda la costa de Honduras y Trujillo y Nicaragua, y por el el Mar del Sur, reconoçiendoreconociendo el castillo de Acapulco y los fuertecillos que ayhay en la costa del sur de Guatemala, podriapodría disponer todo personalmente y. Y a las partes adonde no pudiere ir personalmepersonalmente, podrapodrá ir el m.emaestre de campo deste reynoreino o un thenienteteniente del m.emaestre de campo g.lgeneral, para cuyo puesto basta uno de los pretendientes que hubieren en los exercitosejércitos sido maestres de campo o governadoresgobernadores de estos grados en fronteras.
No porque ayahaya los dhosdichos maestres de campo generales, para ausiençiasausencias o enfermedades de los virreyes[172] seraserá conbenienteconveniente, permitir que ocupen puestos tan prinçipalesprincipales cavalleroscaballeros meros politicospolíticos, ni hijos ni hermanos de grandes de SpañaEspaña, por quantocuanto para puestos de capitanes g.lesgenerales y virreyes, se neçesitanecesita mucho en estas regiones, que sean muy soldados y cavalleroscaballeros de fortuna,[173] para que asiasí se practique, y exerciteejercite el arte militar, y. Y para que prontamente se pueda en caso de alguna neçesidadnecesidad socorrer contra a las ynvasionesinvasiones que los enemigos suelen, y pueden haçerhacer en los puertos del seno mexicano, fuera conveniente al real serviçioservicio y a todo este reynoreino que en la villa de OricabaOrizabaestinguiendo el alcalde mayor (, que estaestá distante de la çiudadciudad de MexicoMéxico poco masmás de 52 leguas, y de la Veracruz 32 leguas), estinguiendo el alcalde mayor[174] se pusiese un governadorgobernador que goçasegozase el titulotítulo de m.emaestre de campo deste reynoreino, y de capitancapitán general del campo volante[175] y socorro de la costa del seno mexicano, y dandoledándole por jurisdicçionjurisdicción la alcaldiaalcaldía mayor dhadicha de OriçabaOrizaba con toda su jurisdeccionjurisdección[176], y la alcaldiaalcaldía mayor de TeguacanTeguacán[177] con la de la y la de la alcaldiaalcaldía mayor de Xalapa y Jalatcingo, que distan poco de OricabaOrizaba y contiguos con sus jurisdicciones, asimesmo con todo lo que les perteneçepertenece, con los sueldos de m.emaestre de campo del reynoreino con el de las tres dhasdichas alcaldiasalcaldías mayores, pudiera, theniendoteniendo en su goviernogobierno un açesorasesor abogado para las causas de dichos oficios, tener en la dhadicha villa de OricabaOrizaba Su Mag.dMajestad una buena plaçaplaza de armas, sin agmentaraugmentar ni masmás salario al governadorgobernador que el de los capitanes siguientes con sus compañiascompañías, y el de sargento mayor, segunsegún se irairá diciendo y de paso aoraahora, que conbendraconvendrá mandar que el vireyvirrey vibaviva en Orizaba a la frente de la necesidad.
Respecto que Su Mag.dMajestad tiene este dhodicho m.emaestre de campo en este reynoreino, y que en la corte deldél en MexicoMéxico, que estaestá por todas partes apartada del mar masmás de 83 leguas por la masmás cercana, no haçehace falta alguna el dhodicho maestre de campo masmás que para regentear[178] la compañiacompañía de ynfanteriainfantería de la guarda del virrey, pues en MexicoMéxico es escusado[179] masmás goviernogobierno de la audaaudiencia y las compañiascompañías de la miliçiamilicia, atento que para este fin basta el sargento mayor, y que la corte de MexicoMéxico no aha menester masmás defensas que un buen goviernogobierno, y guardar justicia a las partes, y ser escusado el crecido gasto de dos compañiascompañías de cavalleriacaballería con comisario[180] de ella, y este y los demasdemás cavoscabos, y soldados, sin haverhaber de todos ellos sidolosídolo sino dos otros ofiçialesoficiales, caso negado[181] que lo fuesen como devierandebieran serlo si de ellos hubiese necesidad, para poner freno y mejor goviernogobierno y seguridad a todo este reynoreino, se devedebe formar la dhadicha placaplaza de armas en el dhodicho parageparaje de la dhadicha villa de OricabaOrizaba, manifiestamente necesaria por las raconesrazones siguientes.
La primera, porque el sitio, çielocielo[182], amenidad y temple y alegriaalegría y sanidad de la villa de OriçabaOrizaba es uno de los mejores de toda la Nueva SpañaEspaña, y todos aquellos paragesparajes muy abundantes de pescados de los riosríos y del mar, y por consiguiente abundante de buenas carnes, de pan y de todo generogénero de frutas y frutos, y todo a precios muy acomodados en todos tiempos.
La segunda, por queporque si el enemigo quisiese robar otra bezvez el puerto de la Nueva Veracruz, o en mar por la Vieja Veracruz como lo aha echohecho el año 8.ooctavo despuesdespués de haversehaberse robado los dos puertos, y el año de 1568 Ju.oJuan de AquinesÁquines, ynglesinglés, saqueosaqueó el puerto de la Nueva Veracruz, como el año de 1683 el pirata Lorencillo, tendratendrá en tales casos el enemigo temor, porque teniendo notiçiasnoticias que estaestá tan çercanacercana la placaplaza de armas, no se atreveraatreverá por temor del socorro, y. Y si se atreviera, para en tales casos si el enemigo entrare por la parte de la Veracruz Vieja, por JalapaXalapa que estaestá ygualmenteigualmente distante de la Veracruz NuebaNueva, como OricabaOrizaba se podrapodrá por JalapaXalapa embiarenviar el socorro, y si por Los Sacreficios o por MedellinMedellín entrare el enemigo, de de OriçabaOrizaba se podrapodrá en dos diasdías llegar con el socorro entero, en forma[183] y de refresco.[184]
La tercera, porque estando la gente de guerra en MexicoMéxico, que dista de la Veracruz 85 leguas, u en la Puebla de los AngelesÁngeles, que estaestá distante del dhodicho puerto de la Veracruz 61 leguas, quandocuando llega a estas partes la notiçianoticia del enemigo, como suçediosucedió en tiempo del dhodicho Lorencillo y NicolasNicolás van Horn, ya tendrantendrán saqueado el puerto los piratas.
La quartacuarta, porque embiandoseenviándose desde MexicoMéxico u desde la Puebla los socorros, si es de enfanteriaenfantería, en tanta distançiadistancia llega tarde, cansada y la otava parte de la que se remite, quandocuando masmás, y asiasí gastandosegastándose el dinero de las cajas r.sreales en valdebalde, no se logra cosa alguna y. Y si es cavalleriacaballería la del socorro, que jamasjamás se aha echohecho, jamasmás llegarallegará, porque en el camino cada uno coge por donde quiere con el cavallocaballo, mula y armas, y socorro, como se aha bistovisto, y se beve con las levas que en la Puebla y en MejicoMéxico se han echohecho, y hacen algunos años, para la Armada de Barlovento, adonde raras veçesveces han llegado de 50 soldados 12, porque de masdemás de huirse con el maltrato y repentina mudancamudanza de temple, se mueren, lo que no podrapodrá suceder por dhosdichos accidentes desde la v.avilla de OricabaOrizaba a la NuebaNueva Veracruz.
La quinta, porque estando la dhadicha villa de OricabaOrizaba y su jurisdicçionjurisdicción contigua con la de JalapaXalapa se podrapodrá por ambas partes a un tiempo remitir divididos los socorros, o por una de qualquieracualquiera de ellas segunsegún conveniere.
La sexta, que si como muchas veçesveces el enemigo arrovadoha robado a Campeche, fuere neçesarionecesario socorrele promptam.tepromptamente y con barcos cargados de gente[185] y lo demasdemás neçesarionecesario, desde la dhadicha villa de OriçavaOrizaba por la de CordovaCórdoba, y el pueblo de San LorencoLorenzo, havitadohabitado todo de negros, se puedespacharpuede despachar por el riorío de AlbaradoAlvarado, que sale a la mar el dhodicho socorro.
La septimaséptima, que si como tambientambién anrrovadohan robado los piratas muchas veçesveces el puerto del Tabasco y otros muchos de la costa y los pueblos de AlbaradoAlvarado se ofreciere por el riorío de AlbaradoAlvarado haçerhacer oposicionoposición al enemigo o introduçirintroducir por el socorro al Tabasco, estaestá la dhadicha villa de OriçabaOrizaba en la parte masmás comodacómoda y çercanacercana para poderlo haçerhacer, y. Y si no hubiere barcos desde la Veracruz por el riorío de MedellinMedellín, introducidos los barcos, puede la gente del socorro bajarse desde OricabaOrizaba al pueblo de Cotasta[186] y desde elél al riorío de MedellinMedellín en menos tiempo y embarcarse para introduçirintroducir qualquieracualquiera de dhosdichos socorros, y tambientambién socorrer en alguna ocasionocasión, si la hubiere, al castillo de San Ju.oJuan de UluaUlúa, en caso que la ciudad de la Veracruz estubieseestuviese superada por los enemigos, como sucediosucedió en tiempo de Lorencillo, que estuvo en ella algunos diasdías, y el socorro se puede introducir en el castillo por MedellinMedellín en el castillo, sin que desde la Veracruz lo puedan los adbersariosadversarios inpedirimpedir, respecto haverhaber 3 leguas de distançiadistancia solamente.
La otava conbeniençiaconveniencia de la dhadicha plaçaplaza de armas es que si subçediesesubcediese un tumulto en MexicoMéxico o GauxacaGuaxaca,[187] que distan ygualmenteigualmente a 60 leguas con muy poca diferençiadiferencia, pudieran desde la villa de OriçabaOrizaba pasar en breve tiempo los soldados de a cavallocaballo y la noblecanobleza con algunos cavoscabos de la dhadicha placaplaza y de otras partes a socorrer y a apaciguar, y a ayudar a castigar los culpados, de masdemás de que haviendohabiendo la dhadicha plaçaplaza de armas tan independiente de los prinçipalesprincipales del reynoreino en dhadicha parte, seraserá freno contra los adbersariosadversarios de mar en fuera, y contra los alborotadores de las republicasrepúblicas de la NuebaNueva SpañaEspaña, a quienes no se devedebe temer, haviendohabiendo tal goviernogobierno, y dividido, en aud.aaudiencia, virrey, m.emaestre de campo g.lgeneral, plaçaplaza de armas y buena justicia, y aunque todas las armas estenestén sugetassujetas al virrey, todo lo deveradeberá Su Mag.dMajestad poner, y quandocuando gustare, sin que otro tenga, facultad de proveer, ni aun en el ynterinínterin, puesto alguno militar, si nosino una junta de guerra con solos el virrey, el m.emaestre de campo g.lgeneral, el del reynoreino, dhodicho g.lgeneral de dhadicha placaplaza de armas, el governadorgobernador de la Veracruz y los sargentos mayores de dhadicha placaplaza y de MejicoMéxico y el y capitancapitán de cavalloscaballos de OricabaOrizaba, con un asesor, el auditor de guerra, porque no seraserá justo que un puesto militar acen que sea en el interinínterin que Su Mag.dMajestad confirma o nombra otro lo provean con parecer de cavalleroscaballeros togados y contadores, quandocuando para graduar los meritosméritos bastaranbastarán los dhosdichos sugetossujetos con el virrey del reynoreino.
La novena, que si hubiere algunalgún alboroto en Tlascala, en la Puebla de los AngelesÁngeles, u en otra qualquieracualquiera parte cercana a las dhasdichas, que aha sido adonde se anhan experimentado, que desde la plaza de armas de OriçabaOrizaba seranserán masmás facilesfáciles de sosegar y de executarejecutar los castigos que se ordenaren.
La decimadécima, que si por la mar pretendiese o entrase en la costa un cuerpo grueso de enemigos, que seraserá masmás facilfácil el juntar las miliçiasmilicias de la Puebla, de Tlascala, y de las ciudades y villas de Tepeaca, de Atlisco,[188] de JalapaXalapa y de otros pueblos, con los voluntarios nobles, en la dhadicha placaplaza de armas, para formar un buen cuerpo de exerçitoejército con que castigar los adversarios, que juntarle en la Puebla u en MxcoMéxico, desamparando las ciudades totalmente, y sin logro alguno, pues antes de berver a los contrarios, unos se lucyranlucirán[189] y otros moriranmorirán, mayormente siendo gente sin disçiplinadisciplina, mucho mayor la costa de sus conducciones.
La undecimaundécima, que si se hiçierehiciere como se devedebe haçerhacer la dhadicha plaçaplaza de armas, no habrahabrá menester los mercaderes de las flotas, de los naviosnavíos de açoguesazogues, y de las naos particulares que acuden al puerto de la Nueva Veracruz, con sus mercançiasmercancías; quedarse en lo malsano de la Veracruz, ni subir a lo distante de la Puebla, de GuaxacaGuaxaca y de MexicoMéxico a hacer sus ferias, sino subir solamente a la dhadicha villa de Orizaba, plaçaplaza de armas, a celebrar las dhasdichas ferias, escusando crecidos gastos y peligros de ladrones en tan dilatados viagesviajes, pudiendo quedarse en aquella parte, que estaestá en el real camino de MexicoMéxico, y en el r.lreal asimesmo camino de GuaxacaGuaxaca.
La duodecimaduodécima conbenienciaconveniencia es que teniendo todos parte tan comodacómoda, gocarangozarán los de la tierra no bajar al mal temple de la Veracruz, y los de España el no experimentar lo malsano de MexicoMéxico, y el poderse masmás brevemente despachar, y por consiguiente las flotas, y las demasdemás naos con sus retornos, yasegu radosy asegurados para Su Mag.dMajestad mejor los derechos r.sreales, pues poniendoseponiéndose una aduana en la villa de OriçabaOrizaba, y otra en JalapaXalapa, no habrahabrá los muchos enbiosenvíos de plata y de generosgéneros que ayhay en MexicoMéxico y en las demasdemás partes del reynoreino, pues para desde la mar entrar en elél no ayhay masmás pasos precisos desde dhosdichos puertos de Campeche, Tabasco, y la Veracruz, y dhosdichos riosríos, que aunque desde Tampico se puede subir al reynoreino, son tan malos caminos, y tantos los peligros de bolvervolver por mar a la Veracruz, y los gastos, que no ayhay conbeniençiaconveniencia que obligue, y para desde Campeche y el Tabasco subir a GuaxacaGuaxaca y al reynoreino de MexicoMéxico o a Guatemala, asimesmo ayhay malos y dilatados caminos con crecidos gastos.
Todas estas son las conbenienciasconveniencias que son mucho utilútil del r.lreal servicio y de todo el reynoreino y se pueden lograr sin lasto alguno de la R.lReal HaçiendaHacienda, ni pensionar[190] a los vasallos, porque el gasto que se causare en mantener el dhodicho presidio lo aha de disponer Su Mag.dMajestad mandando que se pague de los efectos que se espresaranespresarán.
A seHase dicho antes de referir las 12 combenienciasconveniencias que el m.remaestre de campo del reynoreino, que no sirve de cosa alguna en MexicoMéxico, ni en las cortes es combenienteconveniente que ayahaya muchos gefesjefes y ofiçialesoficiales de guerra, especialmente estando esta tan en la tierra adentro, adonde no es neçesarionecesaria tanta cantidad de bastones[191] y ministros, por todos estas causas, y por queporque ayhay rarararas cortes en el mundo que sean placasplazas de armas, como no lo es la de Su Mag.dMajestad, y la del s.rseñor emperador de Alemania lo fue solo a tiempos, no lo es la de Francia, la de YnglaterraInglaterra (la de Suedia,[192] de DinnamarcaDinamarca si, por estar en puertos) no lo es la de Olanda ni lo son las cortes de las demasdemás republicasrepúblicas que estanestán en lo interior de sus paisespaíses, por todas estas causas se devedebe considerar que respecto que el m.emaestre de campo de este reynoreino goçagoza sueldo competente,[193] devedebe exerçitarseejercitarse[194] en las armas, y. Y para mayor alibioalivio y poder mantenerse con bastante deçençiadecencia, si Su Mag.dMajestad fuere de ello servido, la dhadicha placaplaza, agumentada[195] con el sueldo y combeniençiasconveniencias del dhodicho goviernogobierno de OricabaOrizaba y JalapaXalapa y emolumentos deldél, seraserá economiaeconomía esta suficiente para con la que tubieretuviere poderse mantener, cinco años, que solo seraserá justo sirva este puesto para que entre otro, segunsegún se acostumbra en los demasdemás goviernosgobiernos.
A este generogénero de governadorgobernador solo le deveradeberá preçederpreceder, como V.E.Vuestra Excelencia sabe, el m.emaestre de campo g.lgeneral y el virrey, porque todos los demasdemás governadoresgobernadores del NueboNuevo MexicoMéxico, de NuebaNueva Viscaya,[196] de Campeche, de la Veracruz, del Tabasco, de Tlascala y otros al respecto no le pueden ni devendeben preceder en las juntas y funciones, asiasí porque este puesto es de los prinçipalesprincipales en el reynoreino, si Su Mag.dMajestad fuere servido que le ayahaya, como porque en tal caso corresponderacorresponderá al sargento g.lgeneral de batalla,[197] porque en las funciones grandes, si se ofreçieseofreciese que con braçobrazo poderoso del rey, pasase el enemigo a estas partes, procurando echar exerçitoejército formal en la costa, entonçesentonces seriasería preçisopreciso que el m.emaestre de campo general, como governadorgobernador de las armas de todo el reynoreino, recurriese a governargobernar el exerçitoejército, mandando a todos los cavoscabos con dar las ordenesórdenes neçesariasnecesarias en todas las funciones, pero. Pero quandocuando no, no hubiese tal neçesidadnecesidad, solo el dhodicho m.emaestre de campo como capitancapitán general en persona,[198] si hubiese neçesidadnecesidad, pudiera acudir, haviendohabiendo mediano cuerpo de enemigos, y si no fuese sino alguna invasioninvasión de piratas con un thenienteteniente general y un cuerpo volante[199] de ynfanteriainfantería, y cavalleriacaballería pudiera ser bastan, y todo asiasí en las funçionesfunciones yrir socorriendo con oposiçionoposición en el interinínterin que el resto llegase en caso de mayores fuercasfuerzas de los adbersariosadversarios con braçobrazo de rey.
Para masmás prontamente introducir a todos tiempos los dhosdichos socorros y dar prinçipioprincipio a la formacionformación de la dhadicha plaçaplaza de armas, seranserán de mucha utilidad dos compañiascompañías de cavalleriacaballería, muniçionadasmunicionadas con todo lo nenecesario a 50 cavalloscaballos en cada compañiacompañía. Para estos dos puestos, un capitancapitán de cavalloscaballos de los exercitosejércitos de Flandes, de Cataluña, u de MilanMilán para comisario general de la cavalleriacaballería con 150 pesos cada mes como capitancapitán comandante, prpor escusar sueldos es bastante sueldo en este parageparaje.
Un alferezalférez de dhosdichos exercitosejércitos para capp.ncapitán de cavalloscaballos con 100 pesos al mes es suficiente.
Por la summasuma de atrasatrás, 250 pesos.
A dos thenientestenientes de dhasdichas compañiascompañías, a cada uno a 60 ppesos cada mes, ymportaranimportarán los sueldos de ambos 120 pesos.
A dos alfereçesalféreces de las dhasdichas dos compañiascompañías, a cada uno cada mes 50 p.pesos, son 100 p.pesos.
A un cavocabo que supla al thenienteteniente en cada compañiacompañía q.docuando el thenienteteniente fuere a la frente de ella, a 30 p.spesos al mes, son los dos sueldos 60 p.spesos.
Al tronpetatrompeta de cada compañiacompañía, a 25 p.spesos cada mes, importan los dos salarios 50 p.pesos.
Y ymportaimporta la primera plana[200] cada mes 590 pesos.
A 45 soldados de cada compañiacompañía, a 6 r.sreales cada diadía a cada soldado, ymportanimportan a raconrazón de a 6 r.sreales los sueldos de las dos companiascompañías por 90 soldados 67 p.pesos ½y medio cadíacada día, que por 366 que tiene cada año, importan todos los dhosdichos sueldos de dhosdichos 90 soldados veinte y quatro mil setecientos y cinco24.705 pesos.
Y por quantocuanto los sueldos de la primera plana ymportaimporta cada mes quinientos y noventa590 pesos, montan cada año siete mil y ochenta7.080 pesos.
Con queConque importaranimportarán todos los dhosdichos sueldos cada año treinta y un mil setecientos y ochenta y çinco31.785 p.pesos.
Todos los dhosdichos sueldos son muy competentes para que los dhosdichos cavoscabos y ofiçialesoficiales se mantengan deçentementedecentemente, y al respecto los soldados y unos y otros habranhabrán de mantener sus cavalloscaballos y municiones, entregandoselosentregándoselos ensillados, y enfrenados y con espuelas, con sus riendas, pistolas y caravinascarabinas,[201] y la polvorapólvora neçesarianecesaria, todos por quentacuenta de Su Mag.dMajestad, segunsegún costaren los dhosdichos efectos, que todo es barato en estos paisespaíses excepto las armas de fuego, y las espadas, que de muniçionmunición costarancostarán quandocuando mucho a 5 pesos cada una y. Y desta forma armados los dhosdichos soldados, con sus cavoscabos y ofiçialesoficiales, respeto ser los sueldos muy sufiçientessuficientes, permaneceranpermanecerán en la dhadicha placaplaza de armas por ser muy baratos los bastimentos, y la dhadicha villa por muy capaz para agumentar su poblacionpoblación, y formarse con esta ocasionocasión una famosa ciudad en breve tiempo, asiasí porque se casarancasarán en ella muchos soldados, como porque, con la seguridad de la defensa, acudiranacudirán muchos mercaderes a vibivervivir en ella, y al respecto los demasdemás vecinos del paispaís.

YnfanteriaInfantería

Para masmás bien poder socorrer a qualquieracualquiera de las dhasdichas necesidades u obras que se puedan ofreçerofrecer, seraserá de grandisimagrandísima utilidad para el r.lreal serviçioservicio de Su Mag.dMajestad que se formen en dhadicha placaplaza de armas dos compañiascompañías de infanteriainfantería spañolaespañola, compuesta cada una de 80 soldados qque con el capitancapitán de cada una con su alferesalférez, sargento y quatrocuatro cavoscabos de esquadraescuadra y un tambor, y avanderadoabanderado, y el pifanopífano, haçenhacen el numeronúmero de 90 hombres cada compañiacompañía.
El sueldo de cada uno de los dos capitanes es necesario sea a 60 p.spesos cada mes, y asiasí importaranimportarán cada mes ambos los dos sueldos ciento y veinte pesos de oro comuncomún, como los demasdemás.
El sueldo de 2 alferecesalféreces de dhasdichas dos compañiascompañías, a 30 pesos cada uno, 60 pesos.
Por el sueldo de dos sargentos, en cada, compañiacompañía, a 20 pspesos cada mes a cada uno, 80 pesos.
Por el sueldo de 8 cavoscabos de esquadraescuadra o 4 cavoscabos en cada compañiacompañía, a 16 p.spesos cada cavocabo, cada mes importan 128 p.pesos.
Por dos tambores, a tambor cada companiacompañía en qque pueden servir esclavos o gente mesticamestiza, yndiosindios u negros o mulatos libres, bastarabastará que a cada tanbortambor se le den 12 ppesos cada mes, y son de dos tambores los sueldos 24 p.pesos.
Por el sueldo de dos abanderados[202] de la dhadicha calidad, a 10 p.pesos cada mes, son 20 p.pesos.
Por el sueldo de dos pifanospífanos asimesmo de dhadicha casta de las dhasdichas, a 10 p.pesos cada mes cada uno, ymportanimportan sus sueldos 20 pesos.
YmportaranImportarán todos los dhosdichos sueldos cada mes 412 p.pesos, que montan en un anoaño quatro mil novecientos y quarenta y quatro4.944 p.pesos.
Por el sargento mayor o thteteniente g.lgeneral, a 80 p.spesos cada mes, 960 pesos.
Por los sueldos de 160 infantes cada mes para las dhasdichas 2 compañiascompañías, a 15 p.pesos al mes cada soldado, importan los sueldos de los dhosdichos 160 infantes dos mil y quatro cientos2.400 pesos, y por todos en cada año veinte y ocho mil y ochocientos28.800 p.pesos de oro comuncomún, como los demasdemás sueldos.
Con dhadicha summasuma junta la de la cavalleriacaballería, montan las dhasdichas das partidas de gastos de la cavalleriacaballería e infanteriainfantería 31.785 pesos.
Para un medicomédico que hubiese de servir en dhadicha placaplaza, seranserán suficientes 400 p.pesos cada año.
Para el armero a cuyo cargo estubiereestuviere el cuydarcuidar de aderecaraderezar y limpiar las armas, 300 ppesos al año y libre para su trabajo.
Y por quantocuanto el dhodicho governadorgobernador, y capitancapitán g.lgeneral aha de tener por raconrazón de su ofiçiooficio un asesor para las causas que se ofreçierenofrecieren en lo que toca a lo politicopolítico, y por lo que toca a la guerra, no puede el propio asesor ser asesor de eldel dhodicho jusgadojuzgado de guerra para. Para defender a los militares seraserá conv.teconveniente que se le pague cada año a un abogado 900 p.pesos, para que con el dhodicho governadorgobernador y cap.ncapitán g.lgeneral determine ese asesor las causas de los militares en contraditorio juicio.[203]
Y respecto el que en la dhadicha v.avilla de OricabaOrizaba ayhay un hospital de S.nSan Juan de Dios, pudiera Su Mag.dMajestad mandar que en el dhodicho hospital se le pagasen cada año 300 ppesos para la curacioncuración de los dhosdichos soldados de cavalleriacaballería, y enfanteriaenfantería que enfermasen.
Conque ajustando todos los gastos de la dhadicha plaçaplaza de armas, vendravendrá todo gasto de los sueldos de los los de las dos companiascompañías de cavalleriacaballería y dos de ynfanteriainfantería a 62.085 pesos.
Y para todos los dhosdichos cavoscabos y soldados de ynfanteriainfantería bastaranbastarán los dhosdichos sueldos, y solo se les deverandeberán dar las armas de fuego de escopetas largas, porque los mosquetes[204] son muy pesados para el manejo en tierra calidacálida, en que la gente no es tan robusta como en España, y las escopetas ligeras admiten oyhoy tanta bala como un mosquete y son de mucho alcance siendo. Siendo de a 7 g.rosgrados, de todos los qualescuales el gasto con sus francos[205] y lo demasdemás necesario para todo lo uno y otro, abrahabrá en los medios que se proponen bastantes medios.

Otra compañiacompañía de cavalleriacaballería en el pueblo de Xalapa

En el pueblo de Xalapa, capital de aquella alegre provincia, que es de buen temple, es en tal caso neçesarianecesaria otra compañiacompañía de cavalleriacaballería a cargo un capitancapitán de cavalloscaballos que ayahaya servido a Su Mag.dMajestad en la cavalleriacaballería y no tenga otro exerçiçioejercicio que el de tal capitancapitán, porque el de thenienteteniente g.lgeneral en aquel pueblo para administrar justiçiajusticia lo abrahabrá de tener quien pusiese el dhodicho governadorgobernador y capitancapitán de estas dhasdichas provinçiasprovincias, y gente de guerra referida con que. Conque resteando lo que importaranimportarán los sueldos del dhodicho capitancapitán de cavalloscaballos con sus cavoscabos como la segunda compañiacompañía dhadicha de OricabaOrizaba con 45 soldados por 265 p.pesos cada mes, al capitancapitán y dhosdichos oficiales ymportaimporta el sueldo de cada año 31803.180 p.pesos.
Por 45 soldados que a 6 r.sreales cada diadía ganan, en 366 diasdías del año reputando[206] un diadía masmás, 12 d 7812.078 pesos, cuya cantidad junta con la de la summasuma del sueldo de los cavoscabos con el capitancapitán de dhadicha compañiacompañía montan 15.258 pesos.
Con queConque ajustando todos los dhosdichos sueldos de las 3 compañiascompañías de cavalleriacaballería con los de las dos de ynfanteriainfantería, vendravendrá a ymportarimportar toda la situacionsituación de dhasdichas defensas, sin los gastos de oro comuncomún, la compra de las armas y cavalloscaballos para todos, segunsegún se aha referido, 78 d 30378.303 p.pesos.
SeraSerá de tanta consequenciaconsecuencia este adbitrio[207] para seguridad de estos reynosreinos, por todas maneras entendidas, que demasdemás de las referidas 12 combeniençiasconveniencias que ehe propuesto por el utilútil de la formaçionformación de dhadicha plaçaplaza de armas, tendratendrá Su Mag.dMajestad primeramente[208] asegurados los dos pasos precisos de Xalapa y de OricabaOrizaba para los socorros internos o externos de estas provincias, segunsegún las neçesidadesnecesidades y que se ofreçierenofrecieren, y tendratendrá con una aduana en Xalapa y otra en OricabaOrizaba masmás asegurados los derechos r.sreales y la cobrancacobranza de los derechos con que se deveradeberá mantener la cavalleriacaballería y enfanteriaenfantería de la dhadicha plaçaplaza de armas de OriçabaOrizaba, con la companiacompañía de cavalloscaballos en Xalapa.
Sobre las referidas dhasdichas utilidades, tendratendrá Su Ma g.dMajestad en la ynfanteriainfantería siempre soldados promptos[209] para si neçesitarenecesitare algunos la armada de Barlovento, la flota y naos de açoguesazogues o el castillo de San Juan de UluaUlúa socorrer las dhasdichas armadas, y castillo con dhadicha infanteriainfantería, en cuyo numeronúmero de dhasdichas compañiascompañías de infanteriainfantería de OriçabaOrizaba no faltaranfaltarán en todos tiempos sugetossujetos spañolesespañoles que llenen el buecohueco de dhasdichas placasplazas, mayormente estando este reynoreino sobrado de gente que no tiene en quequé ocuparse.
Teniendo el Rey, nronuestro s.rseñor, ya erecta la dhadicha plaçaplaza de armas, con la unionunión de Xalapa y XalançingoXalancingo, como oyhoy estaestá esta alcaldiaalcaldía mayor, y uniendoseuniéndose de nuebonuevo con la de OriçabaOrizaba incluydaincluida, y en un cuerpo estas dos alcaldiasalcaldías mayores, para erecçionerección desta nuebanueva governaçiongobernación;, habrahabrá la combenienciaconveniencia de poder en qualquieracualquiera tiempo juntar en Xalapa, con la dhadicha compañiacompañía de cavalleriacaballería pagada, masmás de 150 hombres, masmás, con sus armas, y cavalloscaballos que a qualquieracualquiera oposiçionoposición contra enemigos podranpodrán vajarbajar a la Veracruz BiejaVieja o a la NuebaNueva Veracruz en dos diasdías, porque desde Xalapa a la çiudadciudad de la Veracruz no ayhay masmás q.que 22 leguas, y no obstante esta corta distançiadistancia, no es este paispaís tratable para infanteriainfantería, por ser el camino muy asperoáspero y molesto, para gente de a pie, y no poderse introduçirintroducir el socorro con infanteriainfantería sin intervencionintervención de 5, u de 6 diasdías, y a tal tiempo ya el enemigo puede haverhaber saqueado toda la costa de la Veracruz, y. Y para este efecto es de masmás utilidad la cavalleriacaballería, porque para todos los diasdías tener en JalapaXalapa notiçiasnoticias de las novedades de la Veracruz, deveradeberá el capitancapitán de cavalloscaballos de Xalapa enbiarenviar cada semana al puerto de la Veracruz alternativamente dos soldados de su companiacompañía, para que estenestén en elél, y la primera novedad que fuere digna de abisoaviso la llebelleve a Xalapa un soldado de los dos, y la segunda novedad otro, y todo en tal manera probeydoproveído, que apenas llegue de la Veracruz un soldado a Xalapa debe otro soldado proseguir la nuebanueva a donde tocare, y otro pasar a la Veracruz porque nunca falte quienquién asista por parte de dhadicha compañiacompañía en aquel puerto, y de esta manera estando siempre sobre abisoaviso, y con este vigilante[210] cuidado seraserá Su Mag.dMajestad bien servido con prontos socorros.
Y para que por la villa de CordovaCórdoba y p.rpor el pueblo de San LorencoLorenzo, poblado de la nacionnación de negros libres, y el pueblo de yndiosindios de Cotasta,[211] se sepan asimesmo las novedades del puerto de la NuebaNueva Vera CruzVeracruz para acudir quandocuando hubiere neçesidadnecesidad con los socorros, para el dhodicho efecto, y los demasdemás del serviçioservicio de su Mag.dMajestad que se ofreçierenofrecieren, si lo tubieretuviere por conbenienteconveniente esta disposiçiondisposición asimesmo se deverandeberán embiarenviar en la misma conformidad, al puerto de la Veracruz cada semana otros dos, dos para que en tiempo alguno no falte en la Veracruz uno u dos soldados que, como arrivaarriba, recivareciba por escrito del governadorgobernador de aquel puerto, y del castellano deldél, los abisosavisos que partiçipareparticipare, embiandoenviando el comisario de la cavalleriacaballería de OricabaOrizaba luego otro soldado de a cavallocaballo de refresco a la Vera cruzVeracruz en lugar del que llegare, para que no falte en el dhodicho puerto a quienquién entregar los pliegos u otros qualesquieracualesquiera abisosavisos.
Con la ocasionocasión de tener la villa de OricabaOrizaba la dhadicha infanteriainfantería y cavalleriacaballería, se podranpodrán en qualquieracualquiera funcionfunción[212] juntar en sus alreedoresalredores[213] y en dhadicha villa y la de CordovaCórdoba masmás de 300 hombres voluntarios con sus armas, y cavalloscaballos, que juntos en una funcionfunción grave[214] con los de Xalapa, se puede por aquella parte o por la de OricabaOrizaba vajarbajar a la costa contra el enemigo, y llebandollevando por delante toda la demasdemás gente que, biendoviendo cuerpo de infanteriainfantería y cavalleriacaballería, que va marchando, se juntarajuntará, y animados de los spañolesespañoles, muchisimosmuchísimos yndiosindios con sus flechas, y a pie los masmás con los ynfantesinfantes,[215] podranpodrán todos juntar en qualquieracualquiera parte de la costa de la Veracruz un cuerpo de exercitoejército de masmás de 10 d10.000 hombres, con los indios, que en sus patrias, y de refresco importan masmás que 16 d16,000 honbreshombres que el enemigo pudiera, q.docuando masmás, echar en tierra, aun queaunque con una poderosa armada de 60 naos gruesas pasase al seno mexicano, a invadir su costa, que preçisamenteprecisamente aha menester tener este recurso, respecto el que los estrangerosestranjeros se van engrosando en las yslasislas de Barlovento, y en la de Santo Domingo el françesfrancés, como el inglesinglés en Jamaica.
No obstante la distancia de 32 leguas que ayhay desde la villa de OriçabaOrizaba a la çiudadciudad y puerto de la NuebaNueva Veracruz, y que parece que en tanta distançiadistancia se maltratariamaltrataría la infanteriainfantería, se aha de adbertiradvertir que esta mesma sirviera de combeniençiaconveniencia, porque pudieran al abrigo de ella, marchando poco a poco los infantes, yrir marchando muchisimosmuchísimos indios con sus arcos y flechas, y buscando bastimentos, para si y para los soldados españoles de la infanteriainfantería, porque para la cavalleriacaballería, a uso del paispaís, se mantendriamantendría en el campo, con facilidad, y los montados con la prevençionprevención a uso de la tierra, y con el dinero antiçipadoanticipado de sus sueldos, no careceriancarecerían de bastimentos en tierra tan apropositoa propósito, pues sin eso mantiene a sus havitanteshabitantes, y. Y es corto el numeronúmero de la ynfanteriainfantería y cavalleriacaballería pagada, para qque en tal caso en careçerencarecer y faltar los frutos, con que bastimentarse, pues jamasjamás les anhan faltado a las flotas armadas de Barlovento;, y tanta cantidad de naos como entran en el puerto de la Veracruz, demasdemás de que en tales ocasiones acuden bastimentos de todo el reynoreino, y ayhay muchas poblaçionespoblaciones a que acudir en qualquieracualquiera tiempo.
Patrullando, y explorando delante la cavalleriacaballería en oposiçionoposición o emboscada del enemigo, pudiera mejor la enfanteriaenfantería haçerhacer sus emboscadas, que siendo todo el exerçitoejército o batallonbatallón compuesto de cavalleriacaballería con. Con todo lo qualcual, estando asiasí reparado[216] todo este imperio, se hariaharía gran serviçioservicio a ambas Mag.desMajestades, y a todos los havitanteshabitantes de la NuebaNueva SpañaEspaña se les asegurarianasegurarían sus casas, y a algunos se les sosegaransosegarán los animosánimos ynquietosinquietos.

OcupaçionOcupación y salarios del M.emaestre de campo general y governadorgobernador de las armas en NuebaNueva SpañaEspaña con 60 soldados de cavalleriacaballería pagados

Para continuamente tener sosegado todo este dilatado imperio en que, desde que le poblaron los spañolesespañoles, aha havidohabido 3 tumultos, uno el año de 1555, otro el de 1624 al 5 de enero, governandogobernando el MarquesMarqués de Gelves, y otro el año de 1692 a 8 de junio, siendo virrey el Conde de Galve, por quantocuanto los dhosdichos, tumultos pusieron a estas provinçiasprovincias en gran riesgo y hasta aoraahora no se ha castigado a los que en el ultimoúltimo tumulto han sido causa deldél, respecto que con lavilantezla avilantez de lo suçedidosucedido, y con el muy crecido numeronúmero de estrangerosestranjeros que frequentanfrecuentan y havitanhabitan estas provinprovincias, pueden sobrevenir mayores peligros, para en qualquiercualquier tiempo acudir con promptitud, al remedio, y castigo que convenga, fuera muy del servicio de Dios y del Rey, nuestro señor, que se criase de nuebonuevo para goviernogobierno de este reynoreino, el dhodicho, mremaestre de campo g.lgeneral, para governadorgobernador de las armas en elél, y governarlegobernarle, por aversehaberse ympedimentoimpedimento, u otro qualquiercualquier acçidenteaccidente, segunsegún se aha dhodicho, y combieneconviene.
Y por quantocuanto son muchos y muy crecidos los sueldos que Su Mag.dMajestad paga a diferentes ministros en este reynoreino, y estaestá el r.lreal thesorotesoro empeñado por muchas dissipaçionesdisipaciones que contra elél ayhay, para mantener con deçençiadecencia al dhodicho mremaestre de campo general, sin acrecentar sueldo alguno por esta causa, antes si minorandoleminorándole, atento a que la Puebla de los AngelesÁngeles es una ciudad populosa y ayhay en ella un alcalde mayor con 400 p.pesos de salario, y en la çiudadciudad de Trascala[217] en 4 leguas de distançiadistancia, un governadorgobernador con 300 ppesos de salario, como en la çiudadciudad de Cholula que dista 4 leguas de Tlascala un corregidor con 300 ppesos de salario, asimesmo en la ciudad de Tepeaca, que dista 6 leguas de la Puebla, ayhay otro alcalde mayor con 300 pesos de salario, y en la villa de CarrionCarrión del Valle del Atlisco,[218] que estaestá otras 7 leguas apartada de la Puebla, ayhay otro alcalde mayor con 200 ppesos de salario, en consideraçionconsideración de que de todos estos çincocinco oficios Su Mag.dMajestad no tiene utilidad alguna, masmás que el beneficio por el que suelen dar los sugetossujetos a quienes servido los dhosdichos puestos, por quantocuanto la summasuma que ehe experimentado y visto que anhan producido los dhosdichos cinco oficios de alcaldes mayores de la Puebla, y Tlascala, de ThepeacaTepeaca, de Atlisto y de Cholula por cinco años, cada uno no anhan pasado de [. . .] p.spesos, todas las cantidades que se anhan dado por todos los dhosdichos çincocinco ofiçiosoficios, en consequençiaconsecuencia de que el sueldo de cada año que Su Mag.dMajestad abona a los dhosdichos alcaldes mayores por la costumbre antigua importa los [. . .] solos 15001.500 pesos cada año, y aoraahora pasa de 2 d2.000 ppesos segunsegún el estilo moderno, y ordenancasordenanzas, se beve clara y evidentemente que demasdemás de que con el venefiçiobeneficio se suelen introduçirintroducir personas indignasindignas en los ofiçiosoficios, que queda la Real Hacienda muy dagnificada[219] y Su Mag.dMajestad al respecto disservidodiservido, tanto porque aunque no se cobren los salarios, los paga el rlreal haverhaber, quantocuanto porque a masmás de 11 d11.000 pesos de sueldo que se pagan en 5 años por los dhosdichos 5 puestos no equivalen los dhosdichos 18 d18.000 pesos, que q.docuando masmás dan de venefiçiobeneficio por los dhosdichos çincocinco oficios en 5 años, con que. Conque no deviendodebiendo ganar 18 d18.000 ppesos cada año masmás que oyhoy a 5 p.rpor 100, sino solo 900 ppesos de reditosréditos qque en los dhosdichos 5 años importan 45004.500 ppesos de ganancia, y van los que venefiçianbenefician estos puestos a ganar con Su Mag.dMajestad cada año con dhosdichos 18 d18.000 ppesos a 11 por 100 19 d19.000 pesos, que en cinco años montan 9 d 9009.900 p.pesos, de cuya cantidad se aberiguaaverigua que aun con su dinero a 11 por 100, que es reditorédito exorvitanteexorbitante, no compran a su Mag.dMajestad el sueldo, a 11 p.rpor 100, y sin meritosméritos de serviçiosservicios, disfrutan los dhosdichos 5 ofiçiosoficios, llebandosellevándose contra justiçiajusticia los aprovechamientos de la judicatura, y emolumentos, con que hasta ahora solamente han salido muy aprovechados los que han servido dhosdichos puestos sin cobrar los salarios de ellos, por ser muy raro el que los cobra por. Por lo qualcual conçediendoconcediendo Su Mag.dMajestad al dhodicho m.emaestre de campo g.lgeneral el dhodicho sueldo de 2 d 002.000 ppesos que producen por salarios cada año los dhosdichos 5 oficios, o solos los 15001.500, reduciendolosreduciéndolos a una governaciongobernación solo con titulotítulo de capitaniacapitanía g.lgeneral, para que como tal gobviernegobierne lo militar , y politicopolítico, con los emolumentos y aprovechamientos de toda esta governaçiongobernación y dicho sueldo, podrapodrá el m.emaestre de campo g.lgeneral mantenerse muy decentemente, conforme a la calidad y estimaçionestimación de su persona y puesto, theniendoteniendo un acesorasesor por su thenienteteniente g.lgeneral, y en todas las caveçerascabeceras[220] sus tenientes, con los demasdemás que antes era costumbre tener cada ofiçiooficio, lo qualcual sobre ser muy conforme a justiçiajusticia, porque en jurisdecciones tan inmediatas, no son neçesariosnecesarios tantos jueces ordinarios, quandocuando uno solo lo puede governargobernar todo, y se lograralogrará el que si en MexicoMéxico o en otra parte del reynoreino ubierehubiere alguna subblevacionsublevación, el que el dhodicho m.emaestre de campo g.lgeneral con la authoridadautoridad de su puesto militar, y la de governadorgobernador de lo politicopolítico pueda juntar, sin mucho desvelo, en 24 orashoras 2 d2.000 hombres con armas y cavalloscaballos que le asistan en qualquieracualquiera empeño que se ofrescaofrezca en MexicoMéxico o en otra parte ygualmteigualmente çercanacercana, y. Y en el mesmo terminotérmino si por la mar de eldel seno mexicano se ofreciere algunalgún peligro, con solo despachar una orden çircularcircular podrapodrá juntar, en nombre de Su Mag.dMajestad, masmás de 600 hombres nobles con armas y cavalloscaballos, que de repente le sigan a bozvoz de trompeta, y todo sin causar lasto alguno a la R.lReal HaçiendaHacienda, masmás que el que causare una compañiacompañía de cavalleriacaballería que devieradebiera tener dhodicho m.emaestre de campo g.lgeneral, segunsegún se diradirá, para qque con la dhadicha gente y la que llebarenllevaren domesticadoméstica las personas de calidad y ocupaciones, formar repentinamente un cuerpo suficiente a sosegar qualquieracualquiera tumulto, pues para el que pudiere haverhaber en tierra adentro no seraserá necesaria masmás y. Y si, como es factible, que mucha masmás se pueda juntar, no por eso peligrarapeligrará la faccionfacción y otra que contraria se pueda temer, no podrapodrá tomar cuerpo alguno, sin el asiento que los enemigos externos pueden fomentar por el mar, para que los ya introduçidosintroducidos en estos reynosreinos, y sus correspondientes, les den la mano, que es lo que arriesga con evidençiaevidencia estas provençiasprovencias americanas, por. Por lo qualcual es muy esençialesencial y combenienteconveniente que el virrey governadorgobernador y capitancapitán g.lgeneral de este reynoreino asista y resida de continuo en la dhadicha placaplaza de armas, que devedebe ser en la villa de OricabaOrizaba, porque en la dhadicha gente pagada y la de masdemás que pudiere juntar del reynoreino se tenga con la asistencia de un virrey el freno neçesarionecesario a empedir las invasiones del los adversarios, pues a los que pueden entrar en la NuebaNueva SpañaEspaña de mar en fuera es a quien solo se devedebe temer, porque para lo que mira a asegurar las provinçiasprovincias interiores, basta que Su Mag.dMajestad ponga mrosministros en su R.lReal ChançilleriaChancillería de MexicoMéxico que aganhagan justiçiajusticia y que tengan goviernogobierno, y siendo el numeronúmero de jueçesjueces togados en esta parte, conforme a la instituçioninstitución, alternados en estos ministros cada 5 años y promovidos desde otras audiencias a las superiores de estos reynosreinos, para desde ellos pasar a servir el Consejo de YndiasIndias y en los demasdemás de España, tendratendrá su Mag.dMajestad aseguradas y feliçesfelices estas provinçiasprovincias porque por lo contrario, casandosecasándose acaacá, se eterniçaneternizan y sin temor de Dios y de su rey, como devendeben tenerle, por hallarse çircunferençiadoscircunferenciados de familiares y sobradamente soberanos, interpretando. Interpretando las leyes r.lreales y las regias ordenesórdenes de Su Mag.dMajestad, son peores que los mayores enemigos que tiene la monarchiamonarquía de España, porque no açenhacen justiçiajusticia, ni todos los juristas masmás çelososcelosos de las causas de ambas Mag.desMajestades juntos podranpodrán bastar a tomar residencia como se devedebe en 20 años a una sola aud.aaudiencia de las YndiasIndias, segunsegún lo mal que en ellas se proçedeprocede y. Y asiasí no acehace falta en la aud.aaudiencia de la NuebaNueva SpañaEspaña el virrey bolviendovolviendo pues[221] para presidirla y devedebe estar aproveera proveer justicia con solo el numeronúmero de oydoresoidores que la compone, presidiendolapresidiéndola el oydoroidor masmás antiguo, como asiasí se practica en las aud.asaudiencias masmás sosegadas de las YndiasIndias, en que no hacen falta los virreyes, ni los demasdemás capitanes generales que las presiden, para que con las disculpas de los oydoresoidores y la soberaniasoberanía de los presidentes, se eterniçeneternicen las tiraniastiranías en la eternidad de los proçesosprocesos.
BolviendoVolviendo pues al particular del m.emaestre de campo g.lgeneral que deveradeberá ponerse en estos reynosreinos, en la ciudad de la Puebla, con su compañiacompañía de 60 soldados de a cavallocaballo, seraserá muy bastante qualquieracualquiera alferezalférez o un thenienteteniente que ayahaya servido a Su Mag.dMajestad en qualquieracualquiera exercitoejército de Europa en la cavalleriacaballería para ser capitancapitán de la dhadicha compañiacompañía, que demasdemás de las miliçiasmilicias de la ynfanteriainfantería de la Puebla asistiendo al m.emaestre de campo g.lgeneral para acudir a qualquieracualquiera socorro que se ofrescaofrezca, se agregaranagregarán a dhadicha compañiacompañía de cavalleriacaballería pagada los cavalleroscaballeros y personas particulares que se juntaren en las ocasiones que fueren llamados y. Y asiasí bastarabastará que el capitancapitán de dhadicha compañiacompañía coge cada año 100 ppesos de sueldo al mes, que acenhacen al anoaño 12001.200 p.pesos.
A un thenienteteniente, a 60 p.pesos cada mes, son al año 0 d 660660 ppesos.
A un alferesalférez, a 50 p.pesos al mes, son al año 600 pesos.
Al cavocabo que supla al thenienteteniente q.docuando el thenienteteniente fuere a la frente de la compañiacompañía, 30 ppesos al mes son al año 360 pesos.
Al trompeta a 25 p.pesos cada mes, o comprar un negro, 300 p.pesos.
YmportanImportan los sueldos de dhosdichos oficiales tres mil ciento y veinte3.120 pesos cada año.
A 60 soldados, a 6 rsreales cada diadía a cada uno, importan los sueldos de los dhosdichos 60 soldados cada diadía 45 ppesos, y en 366 diasdías que tiene el año, diez y seis mill quatrocientos y setenta16.470 p.pesos.
Con queConque no haviendohabiendo para guardia del virrey de la NuebaNueva SpañaEspaña masmás que 29 alabarderos,[222] que tiene en numeronúmero de 12 solos a veces, se podranpodrán justamente escusar en MexicoMéxico, los soldados de la conpañiacompañía de ynfanteriainfantería de palaçiopalacio y las dos compañiascompañías de cavalleriacaballería. sonSon 19 d 59019.590.
Para que introducidos desde el el tumulto de MexicoMéxico [. . .] sucedido a 8 de junio, por lo qualcual pasando el [. . .] para defensa del reynoreino a la villa de OriçabaOrizaba se escusaraescusará [. . .] sado sueldo del m.emaestre de campo y del del sargento mayor del reynoreino, porque el m.emaestre de campo siendolosiéndolo como g.orgobernador g.lgeneral del batallonbatallón de OriçabaOrizaba, dandoseledándosele el sueldo de los alcaldiasalcaldías mayores de OricabaOrizaba, de TeguacanTeguacán[223] y de JalapaXalapa con la regaliaregalía de poner thenientestenientes y los demasdemás emolumentos de su goviernogobierno, tendriatendría este y el sargento mayor de las dos compañiascompañías de ynfanteriainfantería ocupaçionocupación, y Su Mag.dMajestad minorando el gasto de la compañiacompañía de ynfanteriainfantería de la guarda del virrey con. Con las dos compañiascompañías de ynfantesinfantes, se arianharían commodamentecómodamente las guardias al virrey, al m.emaestre de campo, y costarancostarán de mantenerse cada año las dhasdichas dos companiascompañías de ynfanteriainfantería, segunsegún se aha dhodicho, 33.704 pesos.
MasMás costaracostará mantenerse en OriçabaOrizaba las dos comp.scompañías de cavalleriacaballería cada año 31.785 pesos.
MasMás para un medicomédico, 400 ppesos al año para. Para un armero, 300 ppesos, a 25 ppesos al mes para. Para un asesor de la milicia, cada año 500 ppesos para. Para el Hospital de San Ju.oJuan de Dios, 0300300 ppesos.
Montan todos estos sueldos masmás 15001.500 pesos al año.
MasMás por la compañiacompañía de cavalleriacaballería de Xalapa, segunsegún sus sueldos de los cavoscabos, oficiales y soldados, cada año 15.258 pesos.
MasMás por la compañiacompañía del m.emaestre de campo g.lgeneral en la Puebla de los AngelesÁngeles, cada año 16.470 pesos.
Para el armamento de las armas y municiones, cavalloscaballos y lo demasdemás necesario el primer año, 20 d20.000 p.pesos.
Monta el gasto y armamento de dhadicha placaplaza al año 199.187 pesos.
Con queConque dado caso que cada anoaño se mantenga este gasto, cada año, por la precisionprecisión de que seraserá neçesarionecesario pagar ala un pagador g.lgeneral y a a dos ofiçialesoficiales, y tener siempre amuniçionadasamunicionadas[224] las dhasdichas compañiascompañías, tendratendrá Su Mag.dMajestad por este medio siempre prevenidos para qualquieracualquiera empeño contra los enemigos [. . .] oyhoy ochenta y dos82 soldados de infanteriainfantería y dos cientos dieziocho218 soldados de cavalleriacaballería en un batallonbatallón que conpondracompondrá, de gente pagada, masmás de 400 hombres bastara. Bastará este corto cuerpo de gente española y bien amunicionada y enseñada a oponerse con la gente de la costa y puertos y con el numeronúmero de la nobleçanobleza y el de los particulares que se agregaren a componer en 8 diasdías un exerçitoejército de masmás de 4 d4.000 hombres armados contra el enemigo, y. Y estos se podranpodrán juntar en tan breve tiempo solo de la Puebla, de TeguacanTeguacán,[225] de JalapaXalapa y de las demasdemás ciudades y villas de estas jurisdicçionesjurisdicciones y las de la costa en OricabaOrizaba va donde se les mandare, y en masmás diasdías al respecto se juntareajuntará la gente necesaria. porPor lo qualcual, haviendohabiendo esta providencia, el masmás poderoso enemigo de Su Mag.dMajestad que desde Europa hubiere de pasar a la AmericaAmérica con armada jamasjamás podrapodrá lograr con ella el haçerhacer pie en la costa de la NuebaNueva SpañaEspaña, y muy dificultosamente saquear como antes los puertos de ella como hasta aquiaquí.
Para mantener cada año la dhadicha cavalleriacaballería y ynfanteriainfantería siempre unida y pagada, seraserá de mucha importancia tener siempre prevenidos de masdemás de las demasdemás muniçionesmuniciones en necesasnecesarias en la villa de OricavaOrizaba como plaçaplaza de armas 100 quintales de vizcochobizcocho (, que cada dos meses se puede renobarrenovar vendiendo el biejoviejo), para en caso que se ofresca[226] salir a socorrer repentinamente a algunalgún puerto, plaçaplaza o lugar, que[227] con biz(cocho (, chocolate y acucarazúcar), que es comuncomún en la tierra, pueda cada soldado salir segunsegún el numeronúmero, y diasdías que fueren necesarios, frecuentemente y dentro de 6 orashoras, a marchar en tropa por quantocuanto todo el resto de mantenimientos no faltan en el paispaís, llebandollevando a costa de sus soldados con quequé comprarlos. demasDemás de esta prevençionprevención, los governadoresgobernadores, alcaldes mayores y justicias les asistiranasistirán y para que tengan recurso, seraserá buena la disposiçiondisposición de tener siempre prevenido el viscochobizcocho [. . .] chocolate y açucarazúcar en todos tiempos, ayhay prevencionprevención [. . .] reynosreinos y la abrahabrá masmás abundante en dhadicha v.avilla de OricabaOrizaba, desde adonde llebandollevando cada cavallocaballo para su soldado con sus armas, mamedia @arroba de vizcochobizcocho, y media @arroba de acucarazúcar y chocolate, podrapodrá muy bien marchar cada diadía en tropa para qualquieracualquiera parte, porque acaacá en todas estas provincias se forrageaforrajea y come siempre todo generogénero de caballeriacaballería en el campo, y. Y asiasí moronandosemoronándose[228] cada diadía la comida del soldado, a todas ocasiones yrairá prevenido, demasdemás de que no es imconbenienteinconveniente que con la cavalleriacaballería que fuere necesaria, y aun con la ynfanteriainfantería (, como seraserá preçisopreciso), se prevengan para las funçionesfunciones algunos cavalloscaballos, mulas y machos de carga para llebarllevar los bastimentos y carruagecarruaje neçesarionecesario en vagagesbagajes[229] a uso de campaña, y excerçitosejércitos conocidos, mayormente quandocuando para este efecto ayhay en estas YndiasIndias masmás combeniençiasconveniencias que en las partes de Europa.

Adbitrio[230] con que sacar medios para mantener el dhodicho bathallonbatallón

Para sacar cada año efectos con que mantener el dhodicho bathallonbatallón bien prevenido para las necesidades que pudiere haverhaber, es masmás que bastante el medio de ponerse en la v.avilla de JalapaXalapa una aduana, y otra en la villa de OriçabaOrizaba, y en cada una un aduanero [. . .] un officialoficial de libros para poderlos tener con la quentacuenta y raçonrazón neçesarianecesaria y un g.daguarda mayor con sus guardas, para. Para escusar gastos se podrapodrá disponer que en cada una destas dos aduanas sean guardas los soldados de la cavalleriacaballería alternativamente p.apara qque todos gocen, y por a.tocuanto por las dhasdichas dos villas de OriçabaOrizaba y de Xalapa han de pasar, como pasan, preçisamenteprecisamente todas las cargas que entran, en la NuebaNueva SpañaEspaña, y asimismo todos los que salen deldél, porque no ayhay otro paso para entrar en el reynoreino que el de los dos caminos por donde se sube a MexicoMéxico, que son el de Xalapa y el de OriçavaOrizaba, respecto. Respecto esta verdad y que el camino de GauxacaGuaxaca[231], y el de Tampico no son caminos por donde se pueda subir con requasrecuas de la Veracruz ni de Tabasco, sin duplicados gastos, y para evitarlos fuera neçesarionecesario muchos y muy masmás crecidos que los deste nuebonuevo impuesto que ahora se empiecaempieza a proponer;, porque el medio suabesuave es el que la speriençiaexperiencia enseña que utilicautiliza[232] masmás que el pesado, para. Para que el fin deste se consiga, por medio del comercio, fuera muy del servicio de ambas MagestadesMajestades que sobre cada carga de ropa que entra por los puertos de mar del Seno Mexicano, se echasen sobre cada una de las dhasdichas cargas de sedas, de lenceriaslencerías y de los de qualesquieracualesquiera que fueren a otros qualesquieracualesquiera generogénero de mercançiasmercancías, especerias y frutos de fuera, 4 pesos sobre cada carga y que sobre cada carga de vino, de agua ardienteaguardiente y de açeyteaceite otros dos pesos, y otros dos pesos sobre cada carga de cacao, uno y otro entendiendoseentendiéndose que habranhabrán de pagar estas cantidades al pasar por las dos aduanas de JalapaXalapa y de la villa de OriçavaOrizaba, a fin de que asiasí se eviten los peligros y estraviosestravíos que se pueden fomentar en el puerto de la Veracruz, y en los de Tabasco y Campeche y otros menores.
Y por queporque tambientambién seraserá justo que el comercio de la NuebaNueva SpañaEspaña contribuya de su parte para este efecto, se podiapodía ordenar que sobre cada carga de plata que bajare para los puertos de mar del dhodicho Seno Mexicano, se paguen en dhasdichas dos aduanas a medio peso por 100, que es a raconrazón de 5 p.pesos por 10001.000 p.pesos, que en una carga de plata se llebarellevare 4 d4.000 p.pesos, seranserán 20 ppesos; y si 8 dmil p.pesos, 40 p.pesos; y a este respecto masmás y menos segunsegún fueren los millares de reales de a 8ocho pero. Pero si fuere plata en pasta, porque mucha se suele embarcar sin pagar el r.lreal quinto, se deveradeberá comisar para dhodicho efecto, y si fuere quintada[233] en pasta, sacar arracona razón de a 1 por 100, atento la combeniençiaconveniencia, y que no seraserá justo que conprandolacomprándola a 6, a 6 ½y medio, y a 7 p.rpor marco, que dejen los mercaderes de contribuir masmás, mayormente q.docuando aun no tocara en este nuebonuevo impuesto a m.omedio r.lreal por marco,[234] y al respecto por centenares de pesos de oro.
Asimesmo se deverandeberán imponer sobre cada carga de añil y grana que saliera para la Veracruz y para otros puertos, a 4 p.pesos sobre cada carga, que de la mesma forma se deverandeberán pagar en cada una de estas aduanas de las v.asvillas de Xalapa y de OricabaOrizaba.
Y respecto que los demasdemás efectos y frutos de los reynosreinos y provinçiasprovincias de la NuebaNueva SpañaEspaña, son de poco valor, y bastimtosbastimentos, bastarabastará que por cada carga que vajarebajare para los dhosdichos puertos de mar del Seno Mexicano, no se paguen solos 4 rsreales por cada carga de todos y qualesquieracualesquiera generosgéneros de frutos y bastimentos, pues siendo todos para efecto de de mantener dhodicho batallonbatallón, no seraserá demasiada la contribuçioncontribución, y por ella tan moderada se gocaragozará la conbeniençiaconveniencia de asegurar a este reynoreino, y de que sobre caudal en la caxacaja de estas dos aduanas, para si se ofreçiereofreciere haçerhacer presidio el puerto del Tabasco y el del riorío de AlbaradoAlvarado como fuera combenienteconveniente, y que en el del de MedillinMedillín, que estaestá solo 3 leguas del de la Vera CruzVeracruz y en SacrifiçiosSacrificios se hiciesen un castillo y una plataforma[235] en cada uno, segunsegún y como fuese haviendohabiendo el caudal, y. Y todo se pudiera haçerhacer, extinguiendo en NuebaNueva SpañaEspaña la armada de Barlovento, que siempre estaestá sotaventada en el puerto de la Veracruz, y quandocuando se a barlovento, solo es a emplear[236] en barlovento en generosgéneros que papara vender en la Veracruz a los negociantes de la Nueva SpañaEspaña los trasportan en esta armada y. Y asiasí fuera mejor que esta se retirase a la del OcçeanoOcéano y que en las costas de la Tierra Firme, de Caracas y Cartagena y en las de las y lasislas de Barlovento hubiese cada año 3 naos de guerra de mediano porte que pasasen a recorrerlas, y se bolviesenvolviesen a España con tal disposiciondisposición que las que estubiesenestuviesen en las YndiasIndias no saliesen de ellas sin que primero llegasen otras 3 naos, y para este efecto devieradebiera ser el puerto de la ciudad de Santo Domingo de la Isla Española la parte adonde havianhabían de asistir y. Y de esta manera gastando el real thesorotesoro menos caudal, seriasería Su Mg.dMajestad masmás bien servido, pues dhasdichas naos de Barlovento solo sirven a los mercaderes y a algunos ministros superiores, que por graduar de generales, de almirantes, y de governadoresgobernadores y capitanes, dan estos puertos a hombres indignos, por sus intereses particulares, sin atender al principal de que se agahaga lo quelque el Rey, n.ronuestro s.rseñor, manda para guarda de la carrera de las YndiasIndias, y privaçionprivación del comerçiocomercio de los estrangerosestranjeros, pues quandocuando este estaestá por tantas leyes y decretos app.cosapostólicos prohividoprohibido, emoshemos visto en estos años en la NuebaNueva SpanaEspaña que los efectos de CuracaoCurazao y de Jamaica, que por su naturalecanaturaleza se deviandebían dar por de comisodecomiso, que se indultaron, siendo efectos de enemigos, y conocido agravio el de esta desposiçiondesposición contra todo el comerçiocomercio de Su Mag.dMajestad, pues solo el indulto de 70 d70.000 p.pesos que se hicohizo a faborfavor de don Guillermo, y por lo que le cogiocogió en los 4 naviosnavíos de Caracas a titulotítulo de cacao p.rpor el mes de septiembre y de octubre del año de 1694, se arrostroarrostró para CuracaoCurazao y JamaycaJamaica masmás de un millonmillón y medio de reales de a 8ocho que importoimportó el retorno con que. Conque considerando solo el valor de sus mercanciasmercancías por un millonmillón de pesos, aun no pagaron dhosdichos estrangerosestranjeros en 70 d70.000 p.pesos de indulto para a Su Mag.dMajestad un 8 por 100 de entrada,[237] quandocuando los spañolesespañoles pagan a 16 por 100, y asiasí llebandosellevándose la plata a 7 p.rpor marco, ganaranganarán masmás, a raconrazón de 14 p.r 100, q.docuando menos, masmás de 140 d140.000 ppesos, y lo que abancaronavanzaron en sus merçançiasmercancías tan injustamente admitidos, para que en todo sea el pobre vasallo el que pague la farda,[238] como si fuera francesfrancés, por el interesinterés de quien açehace semejantes indultos en las YndiasIndias, adonde por todos derechos en todos tiempos es prohividoprohibido el trato con los estrangerosestranjeros, y espeçialmenteespecialmente con los piratas y contravandistascontrabandistas que estanestán mandados aorcara ahorcar segunsegún las leyes y excomulgados los que con ellos tratan [. . .] todo se incubre por el interesinterés, se procede ya en las YndiasIndias tan adiestroa diestro y asiniestroa siniestro, en las dissipaçionesdisipaciones que, negandonosnegándonos a los ministros inferiores la justicia, haciendo menospreçiomenosprecio de las leyes y despachos reales, y de los decretos del Consejo Supremo de las YndiasIndias, nos tratan y a los de masdemás vasallos de esta monarchiamonarquía como si fueramosfuéramos vasallos del rey de Marruecos, pues a serlo del Rey ChristianissimoCristianísimo, del de YnglaterraInglaterra, y de los estados de OlandaHolanda, sin duda fueramosfuéramos masmás bien tratados, y esto es tan manifiesto como la speriençiaesperiencia nos lo enseña en las provinçiasprovincias americanas, que estanestán pobladas de las naçcionesnaciones del Norte, gocandogozando mayores previlegios que los spañolesespañoles. yY en MexicoMéxico mantubomantuvo a costa de la R.lReal Hacienda el conde de Galve masmás de un año en la comunicaçioncomunicación y comercio de esta çiudadciudad a Luis, capitancapitán cosario de un navionavío francesfrancés, en[239]

Notes

  1. Petiguao se refiere a Petit-Goâve.Go back
  2. cosario, 'pirata' (Aut., s.v. cossario). La frase cosarios y piratas aquí ejemplifica la repetición intensificadora de sinónimos que es frecuente en la prosa de Seyxas. Ver McCarl, introduction to Francisco de Seyxas y Lovera, Piratas y contrabandistas de ambas Indias, y estado presente de ellas (1693) ([La Coruña]: Fundación Pedro Barrié de la Maza, 2011), 9n6.Go back
  3. El manuscrito lleva en el margen izquierdo la siguiente nota, que no se incorpora de modo evidente al texto mismo: "cuando el tumulto tuvieron los indios determinado quemar los conventos y hospitales que se hallan extra muros de la ciudad de México para que al tiempo de acudir al socorro la gente pudiesen ellos en el ínter robar y levantarse con la ciudad y fue disposición debiera que el acaso derrotar a la india y a las que mantienen en ocasiónose el que antes de tiempo se [. . .] ser y por esta causa se [. . .] [. . .] el intento de los enemigos que aguardaban tan bien la ocasión".Go back
  4. materialidad, 'grosería, falta de agudeza y discreción' (Aut.)Go back
  5. materialmente, 'con grosería, sin sutileza' (Aut.)Go back
  6. naturalmente, 'sin artificio' (Aut., s.v. natural)Go back
  7. por cuanto, 'porque' (Aut., s.v. quanto)Go back
  8. adherente, 'el que se arrima, se junta, o se llega a otro, y más comúnmente se entiende del amigo o el pariente' (Aut.)Go back
  9. alabarda, 'el arma que lleva por insignia el sargento en la infantería' (Aut.)Go back
  10. gineta, 'lanza corta que en lo antiguo era insignia de los capitanes de infantería' (Aut.)Go back
  11. de justicia, 'debidamente' (Aut.)Go back
  12. punto, 'pundonor, estado en que consiste la honra o crédito de alguno' (Aut.)Go back
  13. red, 'el sitio donde se vende el pan, pescado y otras cosas, que se dan por entre verjas' (Aut.)Go back
  14. alférez, 'el cabo que tiene a su cargo llevar la bandera en su compañía' (Aut.)Go back
  15. mozo de mulas, 'el que limpia y cuida las mulas' (Aut.)Go back
  16. mostruosidades por monstruosidadesGo back
  17. sectario, 'el que profesa una falsa religión' (Aut.)Go back
  18. ateísta, 'ateo' (Aut., s.v. atheista)Go back
  19. distintamente, 'con claridad, sin confusión' (Aut.)Go back
  20. sobrecarta, 'la cubierta de papel en que se cierra la carta' (Aut.)Go back
  21. lasto, aquí 'deuda, empeño'. Seyxas usa la palabra de la misma forma en Piratas y contrabandistas, 64. Para Aut., lasto significa 'el recurso que se da al fiador que ha pagado por otro, para que repita su acción contra el verdadero deudor por quien ha pagado'.Go back
  22. forzado aquí es un reo obligado a servir en los ejércitos. Para Aut. forzado es 'galeote, que en pena de sus delitos está condenado a servir al remo en las galeras'.Go back
  23. forzada. Entiéndase 'el acto de obligar a los reos a servir en la milicia'. La RAE no la recoge.Go back
  24. pasajero, 'viajero' (Aut., s.v. passagero)Go back
  25. situación. Entiéndase 'situado, sueldo'. La RAE no recoge esta acepción. CORDE trae algunos ejemplos.Go back
  26. derechos, 'impuestos' (Aut.)Go back
  27. Es posible que esta palabra sea forzadas; ver el uso de forzada arriba.Go back
  28. distinguir, 'aclarar la confusión o equivocación de alguna proposición' (Aut.)Go back
  29. antecedente, 'la primera proposición de un argumento que tiene solo dos proposiciones' (Aut.)Go back
  30. entimema, 'silogismo imperfecto, al cual falta uno de los antecedentes' (Aut., s.v. enthimema). La RAE la registra como voz masculina, pero se encuentran otros casos de su uso como femenina en la época. Ver, por ejemplo, Lope de Vega, El arte nuevo de hacer "novellas", ed. Carmen R. Rabell (London: Tamesis, 1992), 39.Go back
  31. formal, 'propio en su línea' (Aut.)Go back
  32. disposición, 'arbitrio, autoridad' (Aut.)Go back
  33. mantención, 'manutención' (DRAE)Go back
  34. comercio, 'conjunto de comerciantes' (Aut.)Go back
  35. misión, 'el acto de enviar' (Aut., con un ejemplo de Solórzano Pereira que refleja el sentido que vemos aquí de 'salida militar')Go back
  36. si por sinoGo back
  37. demostración, 'prueba' (Aut., s.v. demonstracion)Go back
  38. correspondencia, 'trato comercial' (Aut.)Go back
  39. utilizarse, 'aprovecharse' (Aut.)Go back
  40. con cuyo medio. Entiéndase por medio del cual.Go back
  41. útil, 'utilidad' (Aut.)Go back
  42. géneros, 'mercancías' (Aut.)Go back
  43. sian es forma anticuada de siamés (DRAE).Go back
  44. japón, 'japonés' (DRAE)Go back
  45. puente era de género ambiguo en la época (Aut.).Go back
  46. a su puerto. Entiéndase en su puerto.Go back
  47. avances, 'beneficios' (DRAE 1770)Go back
  48. subsistencia, 'permanencia' (Aut.)Go back
  49. faltan. Entiéndase faltando.Go back
  50. maestre de campo, 'antiguamente, oficial de grado superior que ejercía el mando de varios tercios' (DRAE)Go back
  51. grandeza, 'poder'(Aut.)Go back
  52. encomendero, 'el que lleva encargos y encomiendas de otro' (Aut. nota que es "término muy usado entre los comerciantes de Indias".)Go back
  53. testimonio, 'impostura' (Aut.)Go back
  54. primero que. Entiéndase antes de que.Go back
  55. premio, 'cantidad que se sobreañade en los cambios, para igual la estimación o la calidad de una cosa' (Aut.)Go back
  56. adquerir por adquirirGo back
  57. ajustadamente, 'justamente, con proporción y puntualidad' (Aut.)Go back
  58. beneficiar, 'obtener algún cargo mediante la anticipación y desembolso de alguna cantidad de dinero, o cosa de estimación y precio' (Aut.)Go back
  59. política, 'cortesía y buen modo de portarse' (Aut.)Go back
  60. más. Entiéndase además, también.Go back
  61. fuerza, 'plaza murada y guarnecida de gente para defensa' (DRAE)Go back
  62. testimonio, 'impostura, falsa atribución de alguna culpa' (Aut.)Go back
  63. entender, 'advertir' (Aut.)Go back
  64. tomaron asilo. Entiéndase se aprovecharon.Go back
  65. Los sangleyes eran los chinos que comerciaban en Filipinas. DRAE registra el término por primera vez en 1803. CORDE trae ejemplos desde principios del XVII.Go back
  66. holándicas. Entiéndase holandesas. La RAE no registra la forma, y CORDE no trae ejemplos. Puede tratarse de un uso despectivo por parte de Seyxas.Go back
  67. indiciar. Entiéndase inspirar.Go back
  68. en ejercicio. Entiéndase y que estuviere ejerciendo su cargo.Go back
  69. escusar por excusar, 'evitar' (Aut.)Go back
  70. pretensión, 'solicitación' (Aut.)Go back
  71. acto por aptoGo back
  72. universo, 'mundo' (Aut.)Go back
  73. soberano, 'altivo, presumido' (Aut.)Go back
  74. presunpciones por presuncionesGo back
  75. sobre, 'además de' (Aut.)Go back
  76. código, 'uno de los libros de que se compone el derecho civil' (Aut.)Go back
  77. decretal, 'el libro en que están recopiladas las decisiones pontificias' (Aut.)Go back
  78. pandectas es nombre que los juristas daban al código de Justiniano (Aut.).Go back
  79. singulares. Entiéndase solos.Go back
  80. útil, 'utilidad' (Aut.)Go back
  81. fiat ut petitur, 'que se hagan según se ha pedido'. Ver James A. Ballentine, A Law Dictionary (Indianapolis: Bobbs-Merrill Company, 1916).Go back
  82. lograr, 'aprovecharse de' (Aut.)Go back
  83. calumniante. Entiéndase calumniador. La RAE no registra la forma.Go back
  84. andar el dingue, 'imperar el melindre, el gusto'. Ver Marcos Fernández, "'Capítulo y explicación de la palabra hidalgo o hidalga' en 'Olla podrida a la española . . .' (1655)", Anales Cervantinos XL (2008): 307n158.Go back
  85. grandeza, 'la junta o concurrencia de los grandes' (Aut.)Go back
  86. Aparecen aquí dos palabras que parecen ser etta y y las cuales elimino.Go back
  87. los segundos de sus casas se refiere a los hijos no primogénitos (ver Aut., s.v. segundón).Go back
  88. político, 'experimentado en las cosas del gobierno' (Aut.)Go back
  89. extraño, 'extranjero' (Aut.)Go back
  90. inteligencia, 'trato secreto' (Aut.).Go back
  91. que profesan. Entiéndase de los que profesan.Go back
  92. Además de 'determinar el peso de algo' y 'examinar con cuidado', ponderar significa 'exagerar, encarecer' (Aut.). El sentido aquí tal vez sea 'evaluar' o 'enfatizar'.Go back
  93. Un asesor del gobernador era un abogado que ayudaba al mandatario a resolver los casos dentro de su jurisdicción. Ver Enrique Martínez Ruiz, ed., Diccionario de historia moderna de España. II. La administración (Madrid: Istmo, 2007). En un sentido más general, un asesor es un letrado que acompañaba a un juez para sentenciar en algunas causas. También podía tratarse de un juez que acompañaba a otro juez en la misma capacidad. Ver Aut., s.v. assessor, assessoría.Go back
  94. mostruosa por monstruosaGo back
  95. destruir, 'quitar a uno los medios con que se mantiene' (Aut.)Go back
  96. aprovechamiento, 'emolumento' (Aut.)Go back
  97. media anata, 'la mitad de los frutos o emolumentos que en un año rinde un empleo, que se le paga al rey' (Aut., s.v. annata)Go back
  98. contemplativo, 'el que tiene costumbre de adular y complacer a otros' (Aut.)Go back
  99. memoria, 'relación de gastos' (Aut.)Go back
  100. instancia, 'cada uno de los grados jurisdiccionales que la ley tiene establecidos para ventilar y sentenciar' (DRAE)Go back
  101. maestre de campo general, 'maestre que solía ejercer el cargo de segundo jefe de los ejércitos, en la época en que el primero procedía de designación real y solía ser independiente de la milicia' (DRAE)Go back
  102. símilmente. Entiéndase 'de forma semejante'. La RAE no recoge símilmente, sino solo similitudinariamente y solo en los diccionarios de 1803, 1817 y 1822. CORDE no trae ejemplos relevantes del uso de símilmente, y registra apenas tres ejemplos del empleo de similitudinariamente en documentos del XVI y XVII. Aquí no hay indicio de que similmente se trate de una abreviatura por aquella forma más larga. La palabra aparece en dos otros lugares del presente texto.Go back
  103. más. Entiéndase además.Go back
  104. capitán de mar y guerra, 'el que manda navío de guerra de las armadas del rey' (Aut.) Go back
  105. tercio, 'regimiento de infantería' (Aut.)Go back
  106. opinión, 'fama' (Aut.)Go back
  107. El puesto militar de ayudante correspondía a diferentes grades y títulos, como ayudante general (el que asiste al general), ayudante real (el que asiste al maestre de campo general), etc. (Aut.).Go back
  108. aprovechamiento, 'emolumento' (Aut.)Go back
  109. conocido, 'distinguido' (Aut.)Go back
  110. caballo coraza, 'el soldado a caballo que va armado el pecho con una coraza, que es peto de acero' (Aut.). El capitán de caballos corazas encabeza una compañía de tal caballería (Aut.).Go back
  111. capitán a guerra, 'título que se da a los corregidores de las ciudades, para poder entender en los casos que tocaren a la guerra dentro de su territorio y jurisdicción, en falta de un cabo militar' (Aut.)Go back
  112. el aprovechamiento. Entiéndase los emolumentos (Aut.).Go back
  113. cuerpo de guardia, 'el lugar señalado para los soldados que han de alternar la guarida en los presidios o parajes' (Aut.). Aquí parece usarse el término en vez de guardia de corps, 'la que está destinada para guardar inmediatamente la persona del príncipe' (Aut.).Go back
  114. si. Entiéndase sino.Go back
  115. graduado, 'en las carreras militares, se decía del que tenía grado superior a su empleo' (DRAE)Go back
  116. CORDE registra ejemplos del haberse menester del s. XV al s. XVIII. En otros lugares del presente texto, Seyxas escribe haber menester.Go back
  117. agudo, 'perspicaz' (Aut.)Go back
  118. El prior es el encargado de uno de los consulados del comercio que había en Sevilla, México y Lima (Aut.).Go back
  119. agujeta, 'cordón que se usa para sujetar las prendas de vestir' (Aut.)Go back
  120. asendió por ascendióGo back
  121. provisión, 'la acción de conferir algún oficio, dignidad o empleo' (Aut.)Go back
  122. carescen por carecenGo back
  123. Como hereje, cismático se refiere al que se aparta de la religión católica (Aut.).Go back
  124. de manifiesto. Entiéndase claramente.Go back
  125. invistidura por investidura, 'concesión que el príncipe o señor da a otro que es su vasallo, para posser algún feudo, señorío, etc.' (Aut.)Go back
  126. tratar y contratar significan ambos 'comerciar'. Ver Aut., s.v. contratar, que trae el siguiente ejemplo, que emplea la misma fórmula: "Está prohibido por Derecho Canónico y Leyes de este libro que los Clérigos y Religiosos traten y contraten".Go back
  127. incurso, 'el que ha caído en alguna pena o multa, por haber contravenido a lo que se le mandaba' (Aut.)Go back
  128. directe o indirecte, 'directamente o indirectamente' (Aut., s.v. directe)Go back
  129. nación, 'extranjero' (Aut.)Go back
  130. adon. Entiéndase 'adonde'. La RAE no registra la forma y CORDE no trae ejemplos.Go back
  131. reparo, 'inspección cuidadosa' (Aut.)Go back
  132. agumentado por augmentado, 'aumentado'. augmentar aparece por primera vez en el DRAE en 1780, como forma ya anticuada.Go back
  133. nimio, 'prolijo, impertinente' (Aut.)Go back
  134. descayendo por decayendoGo back
  135. reformado se decía del militar que no ejercía actualmente su empleo (Aut.).Go back
  136. han. Entiéndase los hay.Go back
  137. bambolla, 'boato, ostentación' (Aut.)Go back
  138. escusado por excusado, 'superfluo' (Aut.)Go back
  139. vagamundo, 'vagabundo' (Aut.)Go back
  140. subsistir, 'permanecer' (Aut.)Go back
  141. mujercilla, 'mujer perdida, de mala vida' (Aut.) Go back
  142. puntas, 'un tipo de encaje que forma ondas en uno de sus lados' (Aut.)Go back
  143. En el manuscrito esta palabra desconocida se lee churias o claurias.Go back
  144. quitamente, 'totalmente' (Aut.)Go back
  145. decencia, 'lucimiento correspondiente al nacimiento u dignidad de alguna persona' (Aut.)Go back
  146. atraso, 'pérdida o mengua que se padece en la hacienda' (Aut.)Go back
  147. si. Entiéndase sino.Go back
  148. circunferenciada. Entiéndase rodeada. La RAE no registra el circunferenciar.Go back
  149. visitar, 'registrar' (Aut.)Go back
  150. Guatulco es Huatulco.Go back
  151. Puertovelo es Portobelo.Go back
  152. adon. Entiéndase 'adonde'.Go back
  153. atender, 'esperar' (Aut.)Go back
  154. precisamente, 'necesariamente' (Aut.)Go back
  155. recurso en lo forense es la acción del apelar a otro juez o tribunal. "Especialmente se llaman pleitos de recurso los que de las audiencias pasa a las chancillerías, u de estas al Consejo" (Aut.).Go back
  156. oír en justicia, 'admitir el juez y seguir la demanda, según los términos de derecho' (Aut., s.v. oír)Go back
  157. parcialidad, 'amistad' (Aut.)Go back
  158. advocar, 'abogar' (DRAE)Go back
  159. conocimiento es término forense que significa 'conocer y juzgar las causas' (Aut.).Go back
  160. La vía ejecutiva es un juicio breve y sumario que no admite pruebas, a diferencia del ordinario. See Aut., s.v. vía.Go back
  161. afianzar de calumnia es frase forense que significa 'obligarse el acusador a probar lo que alega contra el acusado, sujetándose a las penas establecidas en las leyes si no lo hiciere' (Aut., s.v. calumnia).Go back
  162. vía sumaria, 'forma abreviada de enjuiciar en asuntos de urgencia' (Aut.)Go back
  163. superar, 'vencer' (Aut.)Go back
  164. adágeo por adagioGo back
  165. escribiente, 'copista' (Aut.)Go back
  166. guantes (usado en plural), 'el agasajo que se da al artífice, después de acabada la obra, demás de lo ajustado' (Aut.)Go back
  167. ejemplar, 'ejemplo' (Aut., s.v. exemplar)Go back
  168. perecer, 'tener suma pobreza' (Aut.)Go back
  169. sobrestante, 'la persona que vigila cierto número de trabajadores, a fin de que no estén ociosos y procuren adelantar la obra' (Aut.)Go back
  170. provencias por provinciasGo back
  171. criar, 'instituir' (Aut.)Go back
  172. Aunque resulte chocante la puntuación aquí, el adverbio no que comienza la oración parece modificar el verbo ser, que aparece después de la frase intercalada.Go back
  173. El hombre de fortuna es el que "de cortos principios se eleva a grandes felicidades" (Aut.).Go back
  174. En el manuscrito la frase estinguiendo el alcalde mayor se inserta entre villa de Orizaba y que está distante, pero me parece que el sentido de la oración exige que se coloque aquí.Go back
  175. campo volante tal vez por cuerpo volante, 'cuerpo de tropas de infantería y caballería, que se separa del ejército para los fines que tiene por conveniente quien manda' (DRAE)Go back
  176. jurisdección por jurisdicciónGo back
  177. Teguacán es Tehuacán.Go back
  178. regentear. Entiéndase encabezar. DRAE la recoge por primera vez en 1884 con sentido de 'ejercer un cargo de honor' y 'ejercer un empleo afectando superioridad'. Go back
  179. escusado por excusado, 'superfluo' (Aut.)Go back
  180. comisario en la milicia es 'un ministro subalterno del veedor general, destinado a pasar revista a los regimientos, reconocer si están completos y evitar los fraudes que suele haber' (Aut.).Go back
  181. caso negado que. Entiéndase aunque. Se trata de una expresión forense que se emplea para introducir de modo hipotético un tema de discusión, para no comprometerse con la posible legitimidad real de ella. Ver Aut.: "Lo mismo que Concedido sin perjuicio [. . .] Caso negado que esso sea assi, esto es, Por ahora lo concedo sin perjuicio del derecho de mi parte".Go back
  182. cielo, 'aire' (Aut.)Go back
  183. en forma, 'bien y cumplidamente' (Aut.)Go back
  184. de refresco, 'de nuevo' (Aut.)Go back
  185. gente, 'soldados' (Aut.)Go back
  186. Cotasta probablemente sea Cotaxtla.Go back
  187. Guaxaca es Oaxaca.Go back
  188. Atlisco es Atlixco.Go back
  189. lucirse, 'adornarse y componerse en el vestido' (Aut.)Go back
  190. pensionar es imponer una pensión, o carga anual (Aut.).Go back
  191. bastón, 'símbolo de autoridad militar' (Aut.)Go back
  192. Suedia es Suecia. Seyxas utiliza el mismo topónimo en Piratas y contrabandistas, 120.Go back
  193. competente, 'suficiente' (Aut.)Go back
  194. ejercitarse, 'dedicarse al exercicio de algún oficio' (Aut., s.v. exercitarse)Go back
  195. agumentado por augmentado, 'aumentado'. augmentar aparece por primera vez en el DRAE en 1780, como forma ya anticuada.Go back
  196. Viscaya por VizcayaGo back
  197. de batalla. Entiéndase de ejército. batalla es 'el centro del ejército, a distinción de la vanguardia y retaguardia' (Aut.).Go back
  198. en persona, 'por sí mismo' (Aut.)Go back
  199. cuerpo volante, 'cuerpo de tropas de infantería y caballería, que se separa del ejército para los fines que tiene por conveniente quien manda' (DRAE)Go back
  200. primera plana, 'el conjunto de los primeros oficiales de un regimiento' (Aut.)Go back
  201. carabina, 'arma de fuego semejante a la escopeta o arcabuz, pero de poco más de una vara de largo' (Aut.)Go back
  202. abanderado, 'el que le lleva la bandera al alférez' (Aut.)Go back
  203. en contradictorio juicio es "lo mismo que en pleito seguido formalmente por todas sus instancias, hasta vencer al contrario o al fisco, y ganar executoria sobre lo que se litigaba" (Aut.).Go back
  204. mosquete, 'escopeta mayor y más ancha que las ordinarias, y de mucho mayor peso' (Aut.)Go back
  205. franco, 'exento, privilegiado' (Aut.). Como sustantivo, franco tiene sentido de 'el tiempo que dura la feria, en que se vende libre de derechos' (Aut.).Go back
  206. reputar aquí parece tener sentido de 'añadir'.Go back
  207. adbitrio por arbitrio, 'medio extraordinario que se propone para el logro de algún fin' (Aut.). La RAE no recoge ni adbitrio ni adbitrar. Seyxas emplea ambas formas en Piratas y contrabandistas; ver 138n40.Go back
  208. primeramente, 'anticipadamente' (Aut.)Go back
  209. prompto por pronto, 'preparado' (Aut.)Go back
  210. vigilante, 'atento' (Aut.)Go back
  211. Cotasta probablemente sea Cotaxtla.Go back
  212. función en la milicia es 'cualquier acción de armas' (Aut.).Go back
  213. alredor, 'alrededor'. DRAE registra la palabra de 1929 a 1989. Seyxas emplea alredor como preposición en Piratas y contrabandistas, 24.Go back
  214. grave, 'importante' (Aut.)Go back
  215. infante, 'soldado que sirve a pie' (Aut.)Go back
  216. reparar, 'defender' (Aut.)Go back
  217. Trascala es Tlascala.Go back
  218. Atlisco es Atlixco.Go back
  219. dagnificada por damnificada.Go back
  220. cabecera, 'ciudad principal' (Aut.).Go back
  221. En el manuscrito aparece aquí entre líneas "volviendo pues", frase que elimino. La considero el comienzo abandonado de un nuevo párrafo, ya que el próximo párrafo empieza de la misma forma.Go back
  222. alabardero, 'soldado de una de las compañías de la guardia del rey' (Aut.).Go back
  223. Teguacán es Tehuacán.Go back
  224. amunicionar, 'municionar' (Aut.).Go back
  225. Teguacán es Tehuacán.Go back
  226. ofresca por ofrezca.Go back
  227. que, 'porque'. Para que como conjunción causal, ver Rafael Lapesa, Historia de la lengua española, séptima ed. (Madrid: Escelicer, 1968), 153; y Hayward Keniston, The Syntax of Castilian Prose: The Sixteenth Century (Chicago: University of Chicago Press, 1937), 16.641.Go back
  228. moronar, 'desmoronar' en México. DRAE recoge la palabra de 1927 a 1989.Go back
  229. bagaje, 'las bestias de carga que llevan sobre sí lo que necesita un ejército para su manutención y comodidad' (Aut.).Go back
  230. adbitrio por arbitrio, 'medio extraordinario que se propone para el logro de algún fin' (Aut.).Go back
  231. Guaxaca es Oaxaca.Go back
  232. utilizar, 'dar provecho' (Aut.).Go back
  233. plata quintada es la plata sobre la que se ha pagado el quinto real; ver Aut., s.v. quintar.Go back
  234. marco, 'peso que es la mitad de una libra' (Aut.).Go back
  235. plataforma, 'obra de fortificación interior que se levanta sobre el terraplén de la plaza' (Aut.).Go back
  236. emplear, 'comprar' (Aut.).Go back
  237. de entrada se refiere a los derechos de entrada, los impuestos que se pagan para introducir los productos en los puertos (Aut.).Go back
  238. Según Aut., pagar farda es "phrase familiar con que se explica que alguno contribuye a otro para lograr algun fin, o por temor u respeto que le tiene".Go back
  239. Así termina el texto del manuscrito.Go back